Este no es un artículo que grita, pero tampoco calla. Es una defensa razonada de las reglas, del equilibrio y del derecho de mujeres y hombres a competir en condiciones reales de igualdad.
Cuando las reglas del juego están claras, romperlas tras el resultado no solo es injusto: es peligroso. En la reciente elección judicial, la aplicación excesiva del principio de paridad por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no solo contradice las normas vigentes, sino que también erosiona la legitimidad democrática del proceso.
Desde la reforma constitucional de septiembre de 2024, el diseño de la elección fue cuidadosamente construido para garantizar la paridad de género. Cada etapa del procedimiento, desde el registro de candidaturas hasta la conformación de las boletas, respondió al principio constitucional de que mujeres y hombres debían tener las mismas oportunidades para ser votados. Así, se estructuraron boletas que reservaban, por sorteo, un número igual de espacios para candidatas y candidatos. Esta fue la forma en que se materializó el principio de paridad: anticipadamente, con reglas públicas, legales y conocidas.
Sin embargo, la decisión tomada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en los juicios JIN 339/2025 y 539/2025 impone una nueva capa de interpretación que desvirtúa todo el diseño original. Se pretende aplicar “otra paridad” después de que la ciudadanía votó, bajo el argumento de maximizar la participación de mujeres, incluso si eso significa desconocer el voto legítimo a favor de hombres que sí cumplieron con todos los requisitos de elegibilidad conforme al artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Esto no es una defensa de privilegios masculinos. Es, al contrario, una defensa del equilibrio genuino que debe regir toda elección democrática. Porque paridad no significa sustituir a un grupo por otro, sino establecer un piso parejo para ambos, mujeres y hombres. Aplicar “paridad sobre paridad” equivale a forzar el principio más allá de su lógica constitucional, y convertirlo en un instrumento de exclusión del varón. Ojo aquí porque se entra al terreno de la ideología de género más que al jurídico.
El resultado es profundamente problemático: se estaría dejando fuera a candidatos hombres que ganaron legítimamente con votos reales, en nombre de una interpretación posterior que no estaba prevista en las reglas del juego. Esa incertidumbre jurídica, además de ser violatoria del derecho de los ciudadanos a ser votados, afecta la credibilidad de las instituciones electorales.
“El respeto al derecho ajeno es la paz”, decía Benito Juárez, y hoy esa frase cobra nuevo sentido cuando se habla de derechos políticos. El verdadero techo de cristal no está en el género, sino en el momento en que se ignora el derecho de la persona que tengo enfrente.
En una democracia moderna, tanto mujeres como hombres tienen derecho a ser votados y representar las agendas de sus respectivos sectores y sexos. Cuando una institución aplica la paridad con un sesgo ideológico, al punto de desconocer a hombres que ganaron respetando reglas paritarias previamente establecidas, no está garantizando inclusión, está sustituyendo la igualdad por una imposición disfrazada. En México, hoy existe un andamiaje legal sólido que garantiza la participación política de las mujeres, lo quieran reconocer o no. Lo que toca ahora no es imponer una revancha, sino cuidar el equilibrio. Defender la igualdad no es polarizar ni radicalizar. Es, como exige la diosa Themis, mantener la balanza recta en beneficio del binarismo hegemónico, que reconoce y protege los derechos políticos de hombres y mujeres por igual, sin trampas ni exclusiones.
Aunque el Congreso de la Unión se encuentra en periodo de receso, este no puede ser un tiempo de indiferencia. Es urgente que las y los legisladores de ambas Cámaras —y también quienes integran los congresos estatales— conozcan el alcance de este fallo judicial y comprenda que se está modificando de forma francamente arbitraria las reglas previamente definidas para una elección constitucional. No es un asunto menor. Lo que hoy se resuelve en sede jurisdiccional mañana será jurisprudencia obligatoria para todas y todos, condicionando futuras decisiones bajo criterios inciertos, ideológicos o ajenos al marco normativo original.
Y esto no solo afecta a los hombres cuyas candidaturas se están invalidando pese a cumplir con la ley. También afecta a las mujeres, pues una paridad impuesta de forma ideológica y no democrática deslegitima el avance que con tanto esfuerzo se ha logrado construir. Si el principio de igualdad se vuelve selectivo, pierde su esencia. Como la historia nos ha enseñado una y otra vez, cuando se impone la desigualdad —aunque sea con buenas intenciones— terminamos perdiendo todas y todos. Defender las reglas claras, los principios constitucionales y el respeto al derecho ajeno es, hoy más que nunca, el camino para asegurar una paz democrática que no excluya a nadie. ¿O no importa uno de los mayores legados que nos dejó Benito Juárez?