Estos días quedarán marcados como el “Día Cero” de una nueva era en la historia de la regulación de las telecomunicaciones en México tras la publicación en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2025 de la nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LMTR), que no solo abroga el marco vigente desde el 2014, sino que reconfigura profundamente la institucionalidad del sector y consuma la ruta trazada por la reforma constitucional en materia de simplificación orgánica del 20 de diciembre de 2024, sentando las bases para un nuevo marco normativo.
En el imaginario tecnológico, esos dos dígitos —Cero y Uno— conforman el lenguaje binario, el alfabeto esencial del universo digital. En el contexto que nos ocupa, el “Cero” simboliza el reinicio institucional tras la extinción del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT); el “Uno”, el inicio de una nueva arquitectura regulatoria con la Comisión Regulatoria de Telecomunicaciones (CRT). “Cero” y “Uno” como punto de partida para una transformación digital (y estructural).
De esta forma, estos días representan el reinicio de un nuevo proceso institucional, con un nuevo órgano regulador que vendrá —la CRT— llamado a operar con un Pleno reducido, nuevas atribuciones como un órgano administrativo desconcentrado de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), con independencia técnica, operativa y de gestión, que actuará con imparcialidad para dictar resoluciones, cuyo objeto será garantizar el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones y la radiodifusión, en los términos que fija la Constitución y su marco reglamentario.
La desaparición del IFT aún está en proceso hasta la formal conformación del nuevo órgano regulador, atendiendo a lo que refiere el artículo octavo transitorio de la LMTR, que establece que al día siguiente a aquel en que se integre el Pleno de la CRT, se extinguirá el IFT y concluirán sus funciones los comisionados del citado Instituto.
El proceso simplificado de nombramiento de las personas comisionadas no prevé una convocatoria pública, sino solamente la libre designación por parte del Ejecutivo Federal y su ratificación por el Senado. Ello cambiará las reglas del juego con requisitos reducidos, como haberse desempeñado, cuando menos tres años, en actividades profesionales, de servicio público o académicas relacionadas con materias afines a las de telecomunicaciones y radiodifusión.
No es casual que esta LMTR surja justo cuando se cumplen 11 años de la entrada en vigor de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en tránsito para su abrogación al nombrarse el Pleno de la CRT, que en su momento significó una de las reformas estructurales con mayores resultados. Sin embargo, los años recientes mostraron que los desacuerdos políticos y la fragmentación institucional tenían como destino extinguir uno de los últimos órganos constitucionales autónomos.
Cabe destacar que varios de los resultados de los conversatorios organizados por el Senado en mayo de 2025 se ven reflejados de forma tangible en el contenido de la nueva ley. Lejos de ser un mero ejercicio consultivo, dichos diálogos permitieron integrar temas pendientes sobre aspectos clave. A partir de estos espacios, se impulsaron cambios sustantivos con temas fundamentales: (1) el necesario diseño de un “órgano regulador” con independencia de la ATDT; (2) la reincorporación de la definición de “neutralidad a la competencia”; (3) la reinstalación de los mecanismos de “consultas públicas”; y (4) la definición y reconocimiento jurídico del “pequeño operador” de telecomunicaciones.
Al final, esta ley, junto con otras publicadas en su conjunto, forma parte de un paquete que buscaba la ATDT para la “unificación” de facultades con un modelo que funcionó en la Ciudad de México, pero que a nivel federal es cuestionado con calificativos de “concentración”. El tiempo dará la razón.
Lo que es una realidad es que hay una “desconcentración” de facultades a través de la CRT, que, en papel, será un órgano con independencia técnica, operativa y de gestión, que intenta cumplir el artículo 18.17 “Organismos Reguladores de Telecomunicaciones” del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), que se encuentra en próxima fase de revisión.
El Día Cero (y Uno) es entonces un momento simbólico y fundacional. Cero como punto de reinicio institucional. Uno como el dígito que marca la marcha hacia adelante. La transición ya comenzó.