CIUDAD DE MÉXICO.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por unanimidad que la Ciudad de México sí puede, en su Constitución, ampliar y reconocer nuevos derechos humanos, pues ello no es facultad exclusiva de la federación.
Los ministros dijeron que los límites son que no se contravenga a la Constitución federal ni invada la competencia del Congreso de la Unión; no afecte el goce de los derechos ya reconocidos en la Constitución y tratados internacionales, ni se altere su esencia.
Además, los ministros aclararon que los derechos reconocidos en la Constitución capitalina solo podrán ser exigibles en el territorio de la Ciudad de México y con las especificidades de cada caso.
Durante la sesión pública de este martes, los ministros dijeron que el hecho de que las entidades federativas amplíen o reconozcan nuevos derechos no afecta ni altera el parámetro de regularidad constitucionalidad, ni el pacto federal.
La resolución se tomó al continuar con la discusión de las impugnaciones promovidas por los partidos Morena, Nueva Alianza, Procuraduría General de la República (PGR) y Comisión Nacional de Derechos Humanos a la carta magna de la capital, promulgada el 5 de febrero de 2017.
El proyecto del ministro Javier Laynez se dividió en seis apartados, el primero referente a la impugnación que la PGR hizo al Título Segundo de la Constitución local, denominada Carta de Derechos, que abarca del artículo 4 al 14.
La PGR no impugnó derechos o artículos en específico, sino que cuestionó en su totalidad la competencia del Constituyente de la Ciudad de México para establecer un catálogo local en derechos humanos.
La dependencia federal dijo que el Constituyente local no pueda establecer un catálogo en el que se amplían derechos humanos o se reconozcan nuevos, porque ello alteraría el parámetro de regularidad constitucional y vulneraria el principio de universalidad de los derechos humanos.
Consideró que la Ciudad de México es una entidad federativa autónoma, pero no soberana, lo que implica que, al regular derechos humanos, tiene que limitarse al goce y protección de los ya existentes, pero no ampliar el catálogo.
Los ministros estimaron que el argumento de la PGR es infundado, por lo que reconocieron la posibilidad de que la Ciudad de México pueden legislar en materia de derechos humanos, pero solo en ámbito de su competencia.
El ponente Javier Laynez explicó que la PGR interpretó erróneamente el concepto de universalidad, pues ésta no significa uniformidad, sino acceso a los derechos humanos por el sólo hecho de ser personas.
Con base en distintas interpretaciones, el pleno de ministros avaló por unanimidad la propuesta del ministro Laynez ya que dijeron que tampoco hay una contravención a los precedentes aprobados por la Corte.
Los ministros Fernando Franco y Margarita Luna aseguraron que en el caso de la Constitución de la Ciudad de México no se advierten derechos nuevos.
"Eventualmente hasta ahora yo no he identificado ninguno que pudiéramos llamar derecho humano verdaderamente nuevo, lo que yo he visto son desdobles de los ya existente para protegerlos mejor", dijo Franco.
Laynez aclaró que esta determinación no significa la validez de los artículos 4 al 14, los cuales podrían impugnarse con posterioridad.
El pleno discute ahora la posibilidad de que la Ciudad de México legisle en tono al uso médico de la mariguana, como lo establece el articulo 9, apartado D, numeral 7, donde se advierte:
"A toda persona se le permitirá el uso médico y terapéutico de la cannabis sativa, índica, americana o marihuana y sus derivados, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la legislación aplicable".
Esto se votará en sesión del jueves próximo.