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Suprema Corte da revés a Emilio Lozoya en juicio por difamación a Lourdes Mendoza

Emilio Lozoya pedía que excluyeran de la votación a los ministros Margarita Ríos y a Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

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El exfuncionario de Pemex busca revertir la sentencia –ratificada ya en tres instancias–, que acreditó el daño moral que cometió en perjuicio de Lourdes Mendoza. [Fotografía. Cuartoscuro]

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio ayer un nuevo revés a Emilio Lozoya, exdirector de Pemex, en el juicio civil que enfrenta, y que ha perdido en todas las instancias, por difamar a la periodista Lourdes Mendoza.

Por unanimidad, las y los ministros de la Segunda Sala de la SCJN desecharon un recurso con el que Lozoya pretendía que la ministra Margarita Ríos Farjat y el ministro Alfredo Gutiérrez fueran excluidos de la votación de un amparo en revisión que promovió contra la sentencia en su contra.

El exfuncionario busca revertir la sentencia –ratificada ya en tres instancias–, que acreditó el daño moral que cometió en perjuicio de Lourdes Mendoza.

De no suceder alguna situación extraordinaria, el 13 de agosto la Primera Sala de la SCJN emitirá la sentencia definitiva. Si por alguna razón no se resuelve el caso será devuelto a la Secretaría General de Acuerdo y la nueva integración de la SCJN resolvería su destino.

El exdirector de Pemex afirma que fue incorrecta la valoración de los juzgadores porque la referencia que hizo sobre la periodista fue en una denuncia penal, y que el daño causado no derivó de sus dichos ante el Ministerio Público, sino por su difusión, hecho en los que nada tuvo que ver.

El 11 de agosto de 2020 Lozoya aseguró en una denuncia ante la Fiscalía General de la Republica que, por órdenes de Luis Videgaray, compró una bolsa Chanel, con valor de 4 a 5 mil dólares, para dársela a Lourdes Mendoza.


“Ella mandó decir que con eso se veía muy guapa, pero que consideraran pagar la colegiatura de su hija”, acusó Lozoya.

Agregó que Videgaray le dijo que mantenía contentas a periodistas, como Lourdes Mendoza, con “cañonazos” de 50 a 100 mil pesos mensuales.

Derivado de ello, Mendoza demandó a Lozoya por daño moral. El 12 de mayo de 2022, el juez dictó sentencia contra Lozoya y ordenó indemnizar a Mendoza.

Lozoya apeló y el 5 de septiembre de 2022 la Novena Sala Civil de la Ciudad de México declaró infundados e inoperantes los agravios, confirmó la sentencia y agregó el pago de gastos y costos.

El 4 de octubre de 2022 Lozoya promovió un juicio de amparo directo 746/2022 y el 7 de diciembre de 2023 el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito lo negó.

Contra dicha sentencia, el 15 de enero de 2024 Lozoya interpuso recurso de revisión, el cual llegó a la SCJN, radicado en el expediente 555/2024, y el cual se turnó a la ponencia del ministro Gutiérrez Ortiz Mena.

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