Monterrey

Mario E. Pitones: Las zonas grises donde transita el contribuyente

El gobierno aprovecha el concepto de defraudación fiscal, que suena perverso ante la sociedad y lo mete en la arena de la delincuencia organizada.

Toco un lugar en el tiempo donde, se escuchaba a una autoridad del Servicio de Administración Tributaria (SAT), ante un foro del Instituto de Contadores Públicos de Nuevo León, a inicios del año 2019, calificando a los asesores fiscales, entre los cuales, pudiera estar un contador, abogado o economista, todos ellos profesionales de las artes fiscales, aplicando inmoralmente sofisticados artilugios para retorcer la ley hasta llevarla al límite de la ventaja tramposa, al mundo de lo ambiguo, a tierra de nadie, ayudando al contribuyente a pagar menos impuestos. Era la antesala de lo que estaba por venir…

Ahora, ubicándonos en la recta final del año, con las reformas a la Ley Nacional de Extinción de Dominio; Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada; Ley de Seguridad Nacional; Código Nacional de Procedimientos Penales; Código Penal Federal y Código Fiscal de la Federación (CFF), se pasea a los contribuyentes en la montaña rusa fiscal y en su punto más alto desciende para ser confundido con los miembros del hampa fiscal; ¿Por qué se quiere colocar al contribuyente en esa condenable canasta de manzanas podridas? El gobierno aprovecha el concepto de defraudación fiscal, que suena perverso ante la sociedad y lo mete en la arena de la delincuencia organizada. Es difícil distinguir actos de error del contribuyente contra verdadera defraudación fiscal, pero no importa, con argumentos por demás fútiles, el legislador lo resolvió salomónicamente: poniendo una barrera monetaria, para seguir en la arena de la presunción de inocencia y la reparación del daño cuando el monto defraudado no excede de 7.8 millones de pesos; a partir de dicha cantidad el contribuyente pasa al club de la delincuencia organizada, se extinguen sus derechos humanos, con prisión preventiva oficiosa, se va a penales de máxima seguridad por ser delincuente altamente peligroso, junto con narcotraficantes y secuestradores. Como explicaba un buen amigo, sin bienes por que fueron subastados a favor del Estado, el contribuyente sin dinero tendrá que seguir su proceso legal, con un defensor de oficio, en el hotel con barras.

Las reformas en comento, ponen en jaque mate al contribuyente, una muestra es el CFF, por ejemplo: i) la subjetividad de la falta de "razón de negocios" cuando el "beneficio económico cuantificable razonablemente esperado, sea menor al beneficio fiscal", está cargado de discrecionalidad pues solo el SAT y la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico (SHCP) opinarán si hubo o no una razón de negocios ¿Por qué no incluir al menos a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) en dicha mesa de análisis?; ii) en la revelación anticipada al SAT de planeaciones fiscales (esquemas reportables), las multas por omitir revelarlos correctamente pueden ser del 50 porciento al 75 por ciento del monto del "beneficio fiscal que se obtuvo o se esperó obtener en todos los ejercicios fiscales que involucra o involucraría la aplicación del esquema" por el contribuyente, en contraste de la sanción de hasta 20 millones de pesos para el asesor fiscal.

Lamentablemente, son múltiples las zonas grises por las que el contribuyente debe transitar, por fortuna hay un faro de luz, el decálogo del Buen Mexicano en Materia Fiscal, donde se nos invita a hacer una acto de contrición ante el SAT, dicho evangelio fiscal lo puedes consultar en la liga siguiente: http://omawww.sat.gob.mx/documentossat/Documents/elbuenMexicanomateriafiscal/Decalogo.pdf

El autor es presidente de la Comisión Fiscal del Instituto de Contadores Públicos de Nuevo León (ICPNL).

Opine usted: cfiscal.icpnl@gmail.com

Esta es una columna de opinión. Las expresiones aquí vertidas son responsabilidad únicamente de quien la firma y no necesariamente reflejan la postura editorial de El Financiero.

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