Monterrey

José E. Caballero: Impactos del nuevo esquema en la Generación Distribuida

La propuesta de cambios trae buenas recomendaciones para mejorar la seguridad y eficiencia de la industria en México, pero está limitando el crecimiento en los sectores comercial e industrial.

Al primer semestre del 2022 se tienen registrados 300 mil 624 contratos de interconexión con la CFE con capacidad acumulada de 2 mil 307 MW, según el último reporte de la CRE (Comisión Reguladora de Energía) y 99 por ciento son de solar fotovoltaica con 90 por ciento de ellos en modalidad de medición neta o net metering, como se conoce mundialmente.

Así el usuario final puede inyectar energía generada en sitio que haya sobrado con su consumo y la empresa de electricidad o utility está obligada a recibir el sobrante, usarlo y entregarlo a otros centros de carga, mientras que al usuario que lo inyectó se le toma en cuenta “uno a uno”, descontando al mismo precio que si se le hubiera cobrado.

Esta práctica se ha hecho muy común por todo el mundo en los últimos 20 años. Y en México quedó aprobada por ley desde el 2007, para posteriormente actualizarse y rectificarse en el 2017.

El hecho de que un usuario final residencial o comercial pueda generar su propia energía en sitio impulsó una nueva industria en el País, que ha tenido un crecimiento exponencial en generación de energía privada y en empleos.

La capacidad instalada lleva una década creciendo 30 por ciento o más por año; muy pocas industrias mantienen un crecimiento así de alto. Obviamente no es para siempre, pues es un mercado finito y los sistemas instalados tienen una duración de más de 25 años de vida útil.

Pero la adaptación de energía renovable va muy rápido, tanto que en ocasiones la demanda ha sobrepasado la capacidad de respuesta de la CFE y ésta ha quedado limitada en su servicio al cliente y en el tiempo obligado para llevar a cabo los contratos de interconexión.

Este crecimiento puede cambiar en los próximos años. Y es que así lo proyecta la CRE con la publicación de su propuesta de cambios a las DACGs. Estas son las Disposiciones Administrativas de Carácter General en materia de centrales eléctricas con capacidad instalada neta menor a 0.5 MW, generación distribuida y generación limpia distribuida.

Y según el DOF (Diario Oficial de la Federación), sus objetivos son: establecer los lineamientos generales en materia de generación distribuida, así como las especificaciones técnicas generales requeridas en materia de Generación Distribuida y desarrollar la metodología para determinar la contraprestación aplicable por la energía eléctrica entregada.

El 28 de octubre del presente año, se presentaron estos cambios ante la Conamer (Comisión Nacional de Mejora Regulatoria) y se espera que se publiquen en los siguientes meses en el DOF. Entre los cambios propuestos hay mejoras que la industria venía pidiendo por años, sin embargo, también hay un par de recomendaciones que causan mucho ruido y que pueden llegar a desacelerar el crecimiento y penetración de energía renovable en nuestro País. Las propuestas están publicadas en la página de la Conamer, para la exposición y revisión de todo el público.

Son más de 10 documentos que definen un nuevo rumbo para la generación distribuida y se pueden consultar en: https://cofemersimir.gob.mx/portales/resumen/ 54262

Este proyecto de modificaciones es muy importante ya que es el primero de este sexenio de Gobierno que se enfoca en Generación Distribuida.

Se están incluyendo varios temas que en la del 2017 faltaron y otros que ayudan a robustecer y profesionalizar la industria; entre ellos:

- Mejora en Estándares de Calidad: Se incrementan los requerimientos técnicos para interconectar a la red mencionando certificaciones obligatorias para equipo/producto fotovoltaico, instaladores y supervisores de los proyectos.

- Claridad en Capacidad Máxima a Instalar: Anteriormente se tenía la confusión sobre el límite de los 500 kWp, si ésta era en corriente directa (paneles solares) o en corriente alterna (inversores). Ahora se define como capacidad instalada bruta y neta, dejando los 500 kWp en capacidad instalada neta y permitiendo sobredimensionar la potencia bruta hasta un 10 por ciento, limitándose a 550 kWp.

Esto quedó un poco corto ya que una práctica común en la industria es sobredimensionar entre un 20 y 30 por ciento.

- Claridad en Almacenamiento: Se establece el almacenamiento de energía eléctrica, pero se limita a la misma capacidad de la central eléctrica.

- Posibilidad de Generación Distribuida Colectiva: En otros países lo llaman “Community Solar”, con esto se podrán conectar varios usuarios finales en un mismo centro de carga; por ejemplo, fraccionamientos, departamentos y multifamiliares.

Estas propuestas son un gran avance para la Generación Distribuida en el país, sin embargo, también se proponen unos cambios que estarían afectando el ahorro neto para el usuario final en media tensión, así como la capacidad máxima a instalar en baja tensión.

- Cambio en Contraprestación para Media Tensión: Desde el 2007 se ha mantenido la contraprestación de medición neta como “uno a uno”, donde el kWh entregado sobrante o inyectado a las redes de CFE simplemente se descuenta con el consumido.

Ahora se propone, solamente para usuarios en media tensión, que esa energía inyectada sea compensada por un precio calculado con una nueva fórmula de valor de contraprestación donde se incluyen el costo promedio de la energía adquirida a través de contratos de cobertura, las tarifas de transmisión y los valores de las pérdidas en el nivel de tensión en el que se encuentre interconectada la central eléctrica.

Es una modalidad “feed in tariff” como se tiene en muchos países, en los que la energía inyectada se paga a un precio determinado. No se da mucho detalle y el usuario final se tendría que dar de alta como proveedor de CFE para que se pueda gestionar esto. Será un proceso muy complicado administrativamente, sumándose a la burocracia existente.

- Menor Capacidad en Baja Tensión: Se propone limitar la capacidad instalada neta en 10 kW para baja tensión, excepto para servicios suministrados con 3 hilos de corriente o trifásicos que se podrían limitar a 50 kW.

Esto afectaría principalmente a comercios y negocios que se encuentren en baja tensión y requieran más capacidad para compensar su consumo. Si las proporciones de tipos de usuarios y capacidades instaladas se mantienen igual, los cambios propuestos estarían afectando a 10 por ciento de los contratos, pero estos representan 50 por ciento de la futura capacidad instalada en el país, y se estima que el otro 50 por ciento de capacidad instalada es representada por el 90 por ciento de los contratos de usuarios en baja tensión con capacidad menor a 10 kW.

Es mucho lo que está en juego. La propuesta de cambios trae muy buenas recomendaciones para mejorar la seguridad y eficiencia de la industria, pero está limitando el crecimiento en los sectores comercial e industrial al afectar los ahorros que pudieran tener. ¿Por qué limitar estos sectores? ¿Será que representan más del 70 por ciento de los ingresos de CFE y no se quiere perder esta venta? ¿Qué sigue? Habrá un periodo para que el regulador revise y responda a los comentarios que se hicieron en la consulta pública.

Acabando esto se presenta ante el órgano de gobierno de la CRE. Si éste lo aprueba se va al DOF y entra en vigor, se podría frenar si se interponen amparos considerando que las DACG son contrarias al orden constitucional y un juez decide que el daño tiene relevancia necesaria. ¿Pasará?

La buena noticia para los usuarios que ya tienen un contrato de contraprestación es que se respetan los mismos con la modalidad existente y tiene 15 años de vigencia. La no tan mala noticia para los usuarios en media tensión y sin contrato de contraprestación es que: ¡Todavía tienen tiempo para ingresar su sistema en la modalidad actual!

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