En diciembre pasado, manifesté mi postura sobre la entrada en vigor de la Carta Porte Digital a partir del 2022, destacando que en este mismo año será cuando la autoridad empezaría a sancionar a quienes emitan comprobantes sin los nuevos requisitos, además de que recomendé poner atención, a las mercancías que se desplacen de la empresa a la aduana de salida del país (exportación), o empresa IMMEX, tratándose de operaciones virtuales de exportación e importación temporal, destacando que era importante que todas las empresas de Nuevo León, que son altamente exportadoras e importadoras, consideraran estos cambios.
Pues bien, contra toda previsión y preparación posible, con reglas insuficientes y/o falta de claridad en ellas, arrancó este nuevo esquema de Carta Porte desde el 1 de enero pasado y con ello se dio la obligatoriedad de la facturación con complemento, dando también oportunidad a las empresas de comercio exterior de contar con más tiempo de preparación hasta el 31 de marzo 2022.
Muchos participantes del sector consideran que la Carta Porte vendría a ser un complejo requerimiento del Servicio de Administración Tributaria (SAT), quien se tomó parte de 2021 par establecer las reglas generales que se adapten a las necesidades particulares de cada modo de transporte, sin embargo, todos los participantes en este proceso, y posiblemente hasta la propia autoridad, deben reconocer que las reglas creadas han sido insuficientes para tener un buen arranque.
Si bien el objetivo de la autoridad al exigir el complemento Carta Porte es verificar la legal posesión de las mercancías que transiten a nivel nacional, el mismo implica datos que deben ser llenados y que por tal, en su gran mayoría son de conocimiento o deberán ser proporcionados por el dueño de la carga.
Según algunos expertos, para muchas empresas el nuevo modelo de Complemento Carta Porte con Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), pone en riesgo la seguridad de empresarios y operadores, ya que el formato que solicita el SAT incluye datos personales que violan el aviso de privacidad de los involucrados, según lo han indicado dirigentes de la Organización de Transportistas (AMOTAC), en Guanajuato y de otras entidades.
Por ello, desde esta perspectiva me gustaría comentarles cuáles serían los principales retos que enfrenta el transporte de mercancías y las posibles sanciones que se podría hacer acreedor si no se considera este nuevo contexto en sus operaciones de traslados de bienes y/o mercancías.
En principio para las empresas que ofrecen un servicio de trasporte, el comprobante puede significar un procedimiento complejo debido a que antes de cada viaje se debe emitir el Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de ingreso, contar con la descripción de las mercancías, datos del vehículo, del operador, destino, el seguro que ampara este transporte, entre otros; para poder realizar el llenado y además, hay que capacitar y concientizar al conductor sobre las implicaciones y que puede ser sujeto de una revisión por parte de las autoridades.
La estructura del Complemento es complicada debido a que no refleja un flujo natural de la operación, pues las empresas de servicio de transporte no suelen tener la información de la mercancía y las ubicaciones, ya que esos son datos de la compañía que contrata.
Ahora las empresas de transporte deben hacer lo necesario para poder contar con la información correspondiente a la carta porte para pue cada vez que alguien los contrata puedan obtenerla y generarlo; de otra forma la mayor parte del tiempo se la van a pasar haciendo la factura en lugar de hace su transporte, esa es la parte compleja de la operación, sobre todo en un momento en el que “todo es urgente”.
Cabe destacar que el complemento puede tener hasta 217 campos a llenar, 24 catálogos, 56 condicionantes, con escenarios muy específicos, por ello se necesitan sistemas de cómputo optimizados, pero sobre todo que del lado de las empresas se tenga la capacidad de sacar de manera sencilla y automatizada la información de los productos y destinos y que los sistemas de los transportistas se tengan la capacidad de tomar de leer la información e incluir en el comprobante CFDI de traslado.
No hay que perder de vista que el objetivo pude ser bueno, ya que la a fin de cuentas la Carta Porte es un documento de carácter declarativo que contiene información sobre los términos en que se produjo el acuerdo y atribuye derechos sobre la mercancía transportada.
Además, se solicitará este documento, no solo para amparar y regular el transporte de mercancía a territorio nacional, sino también de bienes particulares que sea traslado en el país.
Insisto, la nueva Carta Porte ya está operando, las empresas y participantes del sector debemos adaptarnos, no sólo para evitar sanciones, si no para que la economía de nuestro país siga operando de una manera fluida y eficiente.
La autora es fundadora de ITS Trade and Tech Solutions, empresa galardonada por la Fundación Premio Nacional de Exportación A.C con el “Premio Nacional de Exportación 2020″ en la categoría de empresa prestadora de servicios.