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Nueva regulación de contratos cambiará reglas para venta de vivienda, dicen inmobiliarios

La regularización de los requisitos mínimos para celebrar contratos de inmuebles va dirigida a los constructores, desarrolladores y vendedores de vivienda.

Entre los cambios importantes están las sanciones y acciones contra publicidad engañosa. (Shutterstock)

La entrada en vigor de la norma mexicana NOM-247-SE-2021, anunciada la semana pasada en el Diario Oficial de la Federación, y que regulará las prácticas comerciales, de publicidad y sanciones en los contratos de compraventa de un inmueble habitacional, cambiarán las reglas de comercialización de vivienda para acabar con los fraudes, señalaron inmobiliarios.

Fernando Rodríguez Bustamante, presidente del Grupo Inmobiliario Zona Poniente (GIZP) de la Ciudad de México, señaló que la regularización de los requisitos mínimos para celebrar contratos de inmuebles va dirigida a los constructores, desarrolladores y vendedores de vivienda para acabar con la informalidad y los vicios legales durante esta operación patrimonial.

“Esta norma tiene muchas particularidades, por ejemplo que todos los contratos que pueden ser desde la preventa, la promesa de compraventa, estén bajo un contrato de adhesión, que se inscriba en un Registro Público de Contratos de Adhesión, con la intención de que no existan artículos, cláusulas, abusivas, engañosas, en contra del consumidor”, dijo.

En conferencia de prensa para presentar la sexta edición de los Premios Inmobiliarios de Vivanuncios 2022, el líder inmobiliario destacó que la norma no es aún clara en cuanto a que los cambios aplican sólo a vivienda nueva o también a la usada, sin embargo, aseguró “se acatarán para todos”.

Agregó que entre los cambios importantes están las sanciones y acciones contra publicidad engañosa, ya que algunos desarrollos inmobiliarios incluso utilizan logotipos de instituciones como el Infonavit, el Fovissste o alguna asociación, como aval, para convencer a la gente de comprar sus viviendas.

“Esta norma que prohíbe haya este tipo de avales sin que se tenga el sustento de que la vivienda reúna las características necesarias (...) Si bien es cierto que no sanciona de forma específica, también nos habla que los desarrollos deben tener una garantía de cinco años contra fallas estructurales y si esas fallas no se arreglan el consumidor podrá tener la opción de pedir un 20 por ciento sobre el valor de la compraventa”, alegó.

Reunido con otros presidentes como Laura Zazueta, presidenta de la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios (AMPI) Ciudad de México, Mater de la Mora, presidenta de la Asociación de Profesionales en Comercialización Inmobiliaria (APCI), los empresarios aseguraron que la nueva norma de entrada obliga a cambiar la forma de redactar los contratos.

“Hablando de la Norma que entró el 22 de marzo en el Diario Oficial, exige a los desarrolladores que también le informen al consumidor de dónde vienen sus recursos para construir”, dijo Zazueta, además de que brinda la libertad a los compradores incluso de elegir a su propio notario para la compra.

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