Economía

SAT publica lista de 52 contribuyentes ligados a operaciones falsas

Las autoridades fiscales detectaron que los contribuyentes enlistados emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos necesarios para ampararlos.

CIUDAD DE MÉXICO.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó este jueves en el Diario Oficial de la Federación (DOF), una lista con los nombres de 52 contribuyentes a quienes les notifica la presunción de haber emitido facturas respaldadas con operaciones simuladas, por lo que no tendrían efectos fiscales para quienes las han recibido.

La publicación indica que del total de contribuyentes enlistados, cinco fueron notificados mediante oficios enviados el 31 de marzo y el resto durante la última semana de abril: cinco el día 23; quince el 25; 16 el 29 y 10 el día 30.

Añade que derivado del ejercicio de sus atribuciones, la Administradora Central de Fiscalización Estratégica detectó en sus expedientes y en las bases de datos del SAT, que esos contribuyentes emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal,
infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.


El órgano adscrito a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del SAT recuerda que en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF) se ordena notificar a los contribuyentes a través de un oficio individual, la página de internet del SAT, y el DOF.

Lo anterior, "con el fin de que puedan manifestar ante la autoridad fiscal lo que a su derecho convenga y aportar la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad a notificarlos.

"No se omite señalar que los hechos particulares por los cuales esta autoridad fiscal determinó que los contribuyentes mencionados se ubicaron en el supuesto de referencia, se pormenorizan en el oficio individual que debe ser notificado".

Asimismo, el SAT recuerda que cada uno de los contribuyentes mencionados en la lista tendrá un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de que surta efecto la última de las notificaciones que se le realice, a fin de que presenten ante las oficinas de esta Administración Central, lo siguiente:

Un escrito libre en original y dos copias, firmado por el contribuyente o su representante legal, en el que manifiesten lo que a su derecho convenga, y la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos pormenorizados en el oficio individual.

"Se apercibe que si transcurrido el plazo concedido no aportan las pruebas, la documentación e información respectiva; o bien, en caso de aportarlas, una vez admitidas y valoradas, no se desvirtúan los hechos señalados en el oficio individual, se procederá a notificar la resolución.

"Se publicará el nombre, denominación o razón social en el listado de los contribuyentes que no hayan desvirtuado los hechos que se les imputan y, por tanto, se encuentran definitivamente en la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B".

La publicación de dicho listado, puntualiza el organismo que encabeza Aristóteles Núñez Sánchez, en virtud de que es de interés de público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes.

A continuación se enlistan los contribuyentes a los que se hace referencia en el oficio número 500-05-2014-16093 de fecha 30 de abril de 2014 emitido por la Administradora Central de Fiscalización Estratégica, Marisela Corres Santana:

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