Economía

Partipantes piden aclarar reglamento de electricidad

Debido a que el Anteproyecto Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica no define los roles, obligaciones y derechos del distribuidor, transportista y suministrador, la CFE pidió una mayor descripción de cada una de estas figuras.

CIUDAD DE MÉXICO.- La Comisión Federal de Electricidad (CFE) pidió que se diferenciara claramente entre los roles de distribuidor, transportista y suministrador del servicio eléctrico debido a que el Anteproyecto Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica confunde a estos tres actores.

"En el reglamento que se presenta se confunden los roles que tienen cada uno de los citados sujetos de la ley en cuanto a las obligaciones y derechos que derivan de la relación contractual que regulará la relación entre estos", señala el comentario al anteproyecto.

El rol de transportista, que son aquellos operadores que a través de convenios con el Estado operan redes de alta tensión; el de distribuidor, aquellos que operen bajo convenios con el Estado redes de baja tensión y el de suministrador, servicio de cobranza y facturación de la electricidad, eran todos uno mismo antes de la reforma, concentrado en la CFE.


Con los cambios en el sector de energía, el transportista, el distribuidor y el suministrador pueden estar desagregados y ser cada uno diferentes empresas, por ello es vital explicar claramente los roles en el Reglamento y cómo podrán interconectarse, explicó Severo López Mestre, director general de MexEnergy.

"El tema es muy importante porque en el mundo en el que vivimos ahora el suministrador y el transportista son los mismos, son CFE, pero aquí se van a desagregar, a veces van a seguir siendo lo mismo, pero en otras ya no porque hay distribuidores y comercializadores privados.
"Entonces va a haber empresas que van a hacer la facturación nada más, y eso va a ser el suministrador pero el distribuidor va a ser otro, entonces va a ser muy importante diferenciar", indicó López Mestre.

Otro artículo que también trasciende por razones históricas que hoy ya cambiaron es el Artículo 23, el cual permite que no se paguen derechos de vías a los operadores eléctricos.

"Eso tiene una herencia, porque la CFE en los años sesenta y cincuenta estaba electrificando México, ahora ese artículo trasciende y lo ponen en este reglamento. "Entonces si ponemos 'ElectriMex' y decimos 'aquí voy a poner mis cables', el municipio dirá 'está bien, pero págame los derechos de vía' y con el Artículo 23 los van a poder mandar a volar, o sea una cosa era la CFE y otra son los operadores privados", señaló López Mestre.

Una omisión que también señala la CFE a través de un comentario firmado por Gustavo Nieves Montiel, representante de la Oficina del Abogado General, es que no se explica el mecanismo para determinar el monto por pérdidas eléctricas, el cual servirá de base para el cálculo de las tarifas que se pagarán con la reforma.

Por su parte Juan Ignacio Rubiolo, presidente de AES Energía, comentó que se deben de definir las transacciones y los contratos.

También lee: