Economía

Amplía el SAT plazo para declaración mensual

Debido a problemas técnicos, la dependencia extiende al 31 de marzo la fecha límite para que las personas físicas presenten las declaraciones mensuales de enero y febrero.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que amplió al 31 de marzo la fecha límite para que las personas físicas presenten las declaraciones mensuales de enero y febrero, sin resultar aplicable la mayor extensión que suele otorgarse al considerar el día de nacimiento y el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del causante.

Esta medida se debe a que por problemas técnicos, la aplicación para presentar declaraciones de pagos provisionales y definitivos, que debía estar disponible en el portal del SAT desde el 1 de marzo, se pudo subir hasta el día 8, razón por la que los contribuyentes no pudieron presentar sus declaraciones con anterioridad.

En un comunicado, el organismo que encabeza Aristóteles Núñez indicó que en breve publicará la regla que amplía dicho plazo.

Agregó que las personas físicas con actividad empresarial, honorarios y arrendamiento ya pueden presentar sus declaraciones correspondientes a enero y febrero de 2014, y que para facilitar el cumplimiento de esta obligación mejoró la herramienta que está disponible en su portal.

Respecto a la mayor extensión del plazo, de acuerdo al día de nacimiento de cada contribuyente, el Servicio de Administración Tributaria dijo que no será aplicable.

El artículo 5.1 del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013, que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, indica que los contribuyentes que conforme a las disposiciones fiscales deben presentar declaraciones provisionales o definitivas de impuestos federales lo deben hacer a más tardar el día 17 del mes siguiente al periodo al que corresponda la declaración, ya sea por impuestos propios o por retenciones.

La fecha extendida en que podrán presentar su declaración dependerá del sexto dígito numérico de la clave del RFC, sumando entre 1 y 5 días hábiles, según el dígito que corresponda; pero en esta ocasión no se efectuará esta extensión.

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