CIUDAD DE MÉXICO.- La presentación de la declaración anual 2014 para personas físicas, representa la última oportunidad para ampararse ante el límite a las deducciones personales, estipulado tras la aprobación de la reforma hacendaria en 2013. Todas las personas físicas, incluyendo asalariados pueden hacerlo, señalaron abogados especializados en materia fiscal a El Financiero.
El fallo que pueda emitir la Suprema Corte de Justicia ante estos amparos masivos, se observa con optimismo en vista de diversas condiciones que podrían estar violando esta nueva disposición.
"Es algo violatorio a los derechos fundamentales del contribuyente; en primera instancia el derecho al mínimo vital. No existe ningún fundamento para que se limiten de esta manera las deducciones que tiene el contribuyente, lo cual es un derecho, dijo en entrevista Raúl Federico Carbajal Bermúdez, socio director de Carbajal Bermúdez Abogados.
Además de otras cargas que se están imponiendo, como el tema de que los honorarios médicos ya no se van a deducir si los pagamos en efectivo, esto es desproporcional porque no existe ninguna ley que obligue a los médicos a tener terminal para el cobro con tarjetas".
La nueva disposición limita las deducciones de los contribuyentes al 10 por ciento de su salario anual, cuando éste no existía. Los más afectados son personas de la tercera edad, pues son quienes más recurren a servicios médicos, también parejas jóvenes quienes comienzan su vida reproductiva.
Toda persona debe considerar que en algún tiempo de su vida requerirá atención médica, o un familiar, servicios funerarios. Tampoco existe certidumbre sobre hasta cuándo existirá esta disposición, señaló Alejandro Barrera, socio de Basham Abogados.
Después de presentar la declaración anual, el contribuyente tiene 15 días hábiles para presentar su demanda de amparo, ante el juzgado de distrito que le corresponda de acuerdo a su domicilio. Para ello deberá solicitar los servicios de un abogado, además de la impresión del comprobante de que fue enviada la declaración anual y acreditar que es persona física residente en México a través del RFC, explicó Barrera.
No importa si en la declaración anual las deducciones no superaron el 10 por ciento, lo que debe demostrarse es que se está aplicando esta nueva disposición, dijo Barrera.
Luego de preparar y presentar la demanda ante el juzgado, el abogado tendrá que hacer visitas al tribunal para dar seguimiento al caso. Generalmente cuando son amparos masivos, es la Suprema Corte de Justicia la que emite el fallo.