Economía

Liquidación de CAME absorberá gran parte del fondo de protección de Sofipos, advierte Moody’s

La CAME ha atravesado por problemas para cumplir con los pagos para sus ahorradores.

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. La liquidación de CAME limitará la capacidad del Prosofipo para proteger a los depositantes. (Victoria Valtierra Ruvalcaba)

El pago a los ahorradores del Consejo de Asistencia al Microemprendedor (CAME) consumirá un monto significativo del Fondo de Protección de Sociedades Financieras Populares y de Protección a sus Ahorradores (Prosofipo), lo que compromete su función hacia delante, aseveró Moody’s Local.

En un análisis, recordó que el 22 de septiembre pasado, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) anunció la revocación de licencia de la Sofipo, que estaba intervenida por la misma autoridad desde junio de este año por evidente insolvencia financiera.

Según la CNBV, con el Prosofipo se garantiza la devolución de hasta 25 mil UDIS por persona (aproximadamente 219 mil pesos), lo que permitirá cubrir a más del 99.5 por ciento de los ahorradores de CAME, es decir, 169 mil 564 usuarios; sin embargo, Moody’s Local consideró que esto plantea retos significativos en el corto plazo.

“El uso de la cobertura de protección del Prosofipo consumirá un monto significativo del fondo, con un saldo reportado a diciembre 2024 de 597 millones de pesos, inferior a la captación de mil 697.7 millones de pesos, que representan un pago promedio por cliente de 10 mil pesos a junio 2025”, indicó.

¿Cuáles serían las consecuencias de la liquidación de CAME?

Por ello, sostuvo que sin medidas adicionales, la liquidación de CAME limitará la capacidad del Prosofipo para proteger a los depositantes del ecosistema de Sofipos en caso de liquidaciones adicionales, y, sobre todo, al considerar que el saldo promedio de captación es mil 822 millones de pesos con seis Sofipos con participaciones por arriba del promedio.

“Ahora el sistema Sofipo tiene el reto de reabastecer el fondo que garantiza esa cobertura” de la que son beneficiarios los ahorradores de las financieras populares, abordó. En este sentido, enfatizó que las aportaciones extraordinarias de las Sofipos y las hechas por el gobierno federal serían la opción más viable y que son permitidas bajo el artículo 101 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.


No obstante, las aportaciones del gobierno federal no cuentan con un mecanismo definido ni el fideicomiso tiene el carácter de entidad de la administración pública federal ni de fideicomiso público y, por lo tanto, no está sujeto a las disposiciones aplicables a dichas entidades, señaló Moody’s Local.

Así, de no ser suficientes los recursos del Prosofipo para el pago de las obligaciones objeto de protección, “el Comité de Protección al Ahorro determinará el monto a pagar a cada interesado, prorrateando el monto de los recursos existentes en dicho Fondo a la fecha en que se hubiere declarado la disolución y liquidación de la Sociedad Financiera Popular o decretado su concurso mercantil”, abundó por último.

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