La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) tiene los días contados, ya que la presidenta Claudia Sheinbaum publicó esta tarde en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que reforma la Ley Federal de Competencia Económica, y con ello, la creación de la Comisión Nacional Antimonopolio (CNA).
A pesar de que el decreto entrará en vigor a partir de este jueves, la CNA entrará en funciones hasta que la presidenta Sheinbaum designe a los cinco comisionados que integrarán el pleno (incluido la persona que sea designada como comisionada presidente).
Por lo tanto, la COFECE continuará en sus funciones conforme al marco jurídico previo a la entrada en vigor del decreto.
¿Cuándo dejará de existir la COFECE?
Patricio Martínez Osorio, líder del área de competencia económica de la firma legal Pérez-Llorca explicó que la COFECE dejará de existir al día siguiente en que la presidenta de México nombre (y el Senado ratifique) al nuevo pleno y a la persona comisionada presidenta.
“Se espera que esto ocurra durante julio de 2025”, dijo.
¿Qué funciones tendrá la Comisión Nacional Antimonopolio?
Para el especialista, los principales cambios de la reforma a la Ley de Competencia consisten en que aumentarán significativamente la severidad de las sanciones que tendrá la nueva CNA, además de que disminuirán los plazos legales para atender asuntos en la materia.
Por ejemplo, las sanciones contra los cárteles se duplicaron, ya que la multa administrativa máxima para las conductas de cártel más graves (prácticas monopolísticas absolutas) pasarán del 10 al 15 por ciento de los ingresos anuales del agente económico.
“También se elevan las sanciones por prácticas monopólicas relativas (abuso de posición dominante), al pasar de 8 a 10 por ciento de los ingresos anuales del infractor en México”, puntualizó Patricio Martínez.
Además, las empresas culpables de concertar posturas en licitaciones se enfrentan ahora a una nueva sanción, ya que la CNA puede imponer una inhabilitación temporal para participar en procedimientos de contratación pública, ya sea directamente o a través de intermediarios.
“El periodo de inhabilitación oscila entre seis meses y cinco años, y se aplica independientemente de cualquier responsabilidad administrativa, civil o penal en virtud de otras leyes”, dijo.
Asimismo, los plazos legales para el procedimiento de revisión de concentraciones de la Comisión se reducen a la mitad.
La CNA está ahora obligada a evaluar las operaciones notificadas en periodos significativamente más cortos una vez que se tiene un expediente completo.
“Por ejemplo, el plazo máximo de la CNA para llevar a cabo investigaciones sobre posibles violaciones a la Ley de Competencia Económica se reduce de cuatro períodos de 120 días hábiles cada una a tres periodos de 120 días hábiles cada una, acortando así el periodo total de investigación en 25 por ciento”, acotó el abogado.
La CNA se establece como un organismo descentralizado dentro de la estructura del Gobierno Federal, pero estará sectorizado a la Secretaría de Economía.