CDMX

Nuevo reglamento de tránsito en CDMX: ¿En qué casos te pueden multar con hasta 68 mil pesos?

La modificación al Reglamento de Tránsito de la CDMX provocará nuevas multas, así como acreditar más requisitos para obtener licencias de conducir.

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INFRACCIÓN Podrías estar cometiendo una infracción que te ocasionará una multa de tránsito.

Tras la explosión de la pipa en Iztapalapa, el Gobierno de la Ciudad de México anunció nuevas multas para los conductores, a fin de evitar tragedias como la ocurrida cerca del puente de La Concordia.

Con una serie de modificaciones al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, las sanciones ahora podrían llegar hasta los 68 mil pesos, por lo que debes tomar precauciones y conocer las nuevas reglas, a fin de evitar una multa de este tipo.

Las modificaciones al Reglamento de Tránsito se anunciaron desde el pasado 10 de octubre en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, y de a poco se han implementado con la finalidad de evitar accidentes graves, especialmente con los vehículos de carga.

A continuación, todo lo que debes saber sobre las nuevas multas de hasta 68 mil pesos.

¿Cuáles son las nuevas multas de tránsito en la CDMX?

Estas son las nuevas sanciones anunciadas en el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, que aplican desde este mes:

  • Límite de velocidad máximo de 30 kilómetros por hora para los autos que transporten “sustancias tóxicas o peligrosas”.
  • Transportes de carga de más de 20 mil litros de hidrocarburos solo podrán circular de 22:00 a 5:00 horas, es decir, entre la noche y la madrugada.
  • Prohibición definitiva a transportes de carga sobre vías de acceso controlado, con sanciones que van de las 100 a 600 Unidades de Medida y Actualización (UMAs), es decir, de 11 mil 300 a 67 mil 884 pesos.
  • Nuevos radares móviles en la Ciudad de México, especialmente en accesos carreteros.
  • Nuevo tipo de licencia tipo E12 para la construcción de transporte especializado, y tipo E13, exclusiva para choferes de pipas de transporte de sustancias tóxicas o peligrosas, misma para la que se deberá acreditar conocimiento suficiente de vehículos.
  • Dictamen de seguridad para el transporte de sustancia, mismo que deberán emitir las autoridades.
  • Unidades extranjeras deberán presentar pedimento de importación.
  • Para la expedición de las licencias tipo C, D y E, los operadores deberán contar con la licencia tipo A.
  • Puntos aleatorios de revisión de pipas y transporte de carga.

Las multas por violar el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, específicamente las del artículo 27, se multiplican, y quedan de esta forma:

  • De 100 a 300 UMAs por violar horarios, itinerarios de cargas y rutas para transporte de sustancias peligrosas.
  • De 100 a 300 UMAs a quienes hagan paradas no señaladas en la operación de servicio de pipas.
  • De 100 a 200 UMAs si los vehículos no están señalizados y balizados de conformidad con lo solicitado por las autoridades.
  • De 100 a 200 UMAs a quienes no cumplan los lineamientos en materia de sustancias peligrosas.
  • De 500 a 600 UMAs a quienes estacionen pipas en vía pública o cerca de fuentes de riesgo.

Las medidas tienen lugar tras la explosión de la pipa en Iztapalapa, misma que dejó 31 personas muertas, así como 53 personas hospitalizadas, de las cuales al menos 47 ya fueron dadas de alta

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