Gustavo de Hoyos Walther

El Golfo de California y el Congreso

A México no le costaría el menor esfuerzo probar que ha tenido soberanía de facto sobre el también llamado Mar de Cortés o Mar Bermejo.

Por su ubicación geográfica, biodiversidad, recursos naturales y valor geopolítico y geoeconómico, el Golfo de California es una de las regiones marítimas más importantes de nuestro país. Desde los tiempos prehispánicos este espacio ha sido fundamental para el desarrollo de las comunidades que lo ocupaban y, posteriormente, ha sido crucial para el comercio local y la navegación por el Pacífico. Su potencial actual proviene de ubicarse en dos fronteras de enorme trascendencia global: América del Norte y la región del Indo-Pacífico.

A pesar de esto, su estatus jurídico actual limita sobremanera el ejercicio de la plena soberanía del Estado mexicano sobre él, debido a que gran parte de su superficie se encuentra bajo el régimen de Zona Económica Exclusiva y no, como debería ser, como aguas interiores.

No obstante, hay una solución viable para resolver este problema. El derecho internacional permite que ciertos cuerpos de agua sean reconocidos como bahías históricas bajo el dominio exclusivo del Estado ribereño.

Por esto, quien esto suscribe presentó una iniciativa de reforma de diversas disposiciones de la Ley del Mar al Congreso para su aprobación.

No sería la primera vez que esto sucediera. En 1951, por ejemplo, la Corte Internacional de Justicia determinó que las Pesquerías Anglo-Noruegas eran bahías históricas debido en parte a que el Estado noruego pudo probar que había ejercido un control efectivo y continuo sobre ellas. Lo mismo sucedió con Canadá, en el caso de la Bahía de Hudson o con Australia, en el caso del Golfo de Carpentaria. Sobra decir que a México no le costaría el menor esfuerzo probar que ha tenido soberanía de facto sobre el también llamado Mar de Cortés o Mar Bermejo.

A todo lo anterior habría que agregar que hoy más que nunca nuestro país se encuentra en necesidad de asegurar que todo su territorio esté a resguardo del derecho doméstico e internacional, sobre todo ante nuevas ambiciones imperiales de otros Estados.

A pesar de esto, la Comisión de Marina de la Cámara de Diputados dictaminó que la iniciativa de marras era jurídicamente improcedente.

La Comisión argumenta que la iniciativa contradice diversas estipulaciones de la Constitución y del derecho internacional. Esto es un error. La Comisión se equivoca al decir que las categorías de mar territorial, aguas interiores y bahías históricas son de configuración estrictamente internacional cuando es el caso que la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONMEVAR) establece claramente categorías marítimas.

La Comisión también se equivoca al decir que cualquier modificación de este tipo debe pasar por mecanismos diplomáticos o internacionales. Antes, al contrario, el Congreso mexicano tiene el poder soberano de cambiar la legislación.

En tercer lugar, la Comisión está en error al argumentar que la CONMEVAR prohíbe que un Estado declare zonas como aguas interiores. Hay otros puntos en los que la Comisión ha realizado una lectura incompleta de la propuesta de reforma.

El Congreso de la Unión deberá, por consiguiente, considerar la iniciativa a la luz de lo que digan otras Comisiones - como la de Puntos Constitucionales - y, sobre todo, a partir de una visión del contexto en que se presenta la iniciativa de reforma. La discusión, por tanto, debe continuar.

Gustavo  de Hoyos Walther

Gustavo de Hoyos Walther

Abogado y Diputado Federal.

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