A Donald Trump le urge que ya termine esta semana.
El martes, sus opositores en el Partido Doemócrata le infringieron una enorme derrota al ganar dos elecciones estatales, la alcaldía de Nueva York y una votación sobre redistritación en California.
Y ayer, diversos jueces de la Suprema Corte de Justicia de Estados Unidos, al comenzar las audiencias respecto a la legalidad de los aranceles impuestos al amparo de la Ley de Poderes Económicos en Emergencias Internacionales (IEEPA), se mostraron muy quisquillosos respecto al uso que le está dando Trump a esa legislación.
El tono de los cuestionamientos empleados por los jueces anticipa un escrutinio severo a una interpretación maximalista de esa ley, que históricamente se usó para sanciones financieras y embargos puntuales, no para gravámenes generalizados.
¿Qué se juega? Si la Corte concluye que la IEEPA no autoriza aranceles amplios, caería el soporte jurídico de buena parte del “muro arancelario” de Trump. Tribunales inferiores ya habían puesto en duda ese derecho y, aunque permitieron mantener los cobros mientras avanzaba la apelación, dejaron claro que la emergencia económica no equivale a carta blanca para fijar impuestos al comercio, una potestad constitucionalmente atribuida al Congreso.
Un revés en la Corte tendría tres efectos inmediatos. Primero, la obligación potencial de devolver lo ya recaudado que solo para el periodo enero a julio se estiman en 115 mil millones de dólares (aún por definirse mecanismo y calendarización). Segundo, la pérdida de palanca negociadora basada en la simple amenaza de “subir aranceles mañana”. Tercero, un reacomodo regulatorio: la Casa Blanca tendría que migrar a otros mecanismos con más trámite y perímetros acotados.
¿Qué opciones le quedarían a Trump para sostener parte de los gravámenes? La vía más directa es procesar medidas por estatutos existentes: (1) la Sección 232 (seguridad nacional) del Trade Expansion Act, que exige investigaciones de comercio, reportes técnicos y, normalmente, meses de proceso; (2) la Sección 301 (prácticas desleales), administrada por la USTR (Oficina del Representante Comercial de EU), que habilita tarifas focalizadas tras una indagatoria con comentarios públicos; y (3) salvaguardas globales de la Sección 201, que requieren ver daño grave a la industria doméstica. Todas son más específicas, limitadas y tardadas que un arancel global bajo IEEPA.
¿Para cuándo esperar el fallo final de la Corte? Aunque las audiencias comenzaron ayer, por práctica, la mayoría de decisiones de término se anuncian entre finales de mayo y mediados de junio; por tanto, el veredicto se daría en esas fechas de 2026, salvo decisión anticipada.
¿Qué implicaciones habría para México?
Si la Corte invalida la plataforma IEEPA, se abre un respiro para exportadores expuestos a gravámenes “parejos” —autos, autopartes, acero, agro y bienes de consumo— y para cadenas que vieron encarecer insumos no por dumping o seguridad, sino por una emergencia económica genérica.
También bajaría el riesgo de “cambios súbitos” que afectaron decisiones de inversión y logística. En el muy corto plazo, podrían surgir solicitudes de devolución y ajustes de precios de importación en EU, con efectos de flujo de caja para empresas mexicanas que negociaron con arancel incluido.
En paralelo, la administración podría redirigir presiones a los canales mencionados, lo que implicaría más consultas, más sectorización y, en algunos nichos (acero especializado, equipo eléctrico, componentes electrónicos), nuevas tarifas “quirúrgicas”.
Por otro lado, México podría perder la ventaja arancelaria que ahora tiene frente a la mayor parte de los grandes socios comerciales de Estados Unidos.
De cara a la revisión del T-MEC en 2026, un revés a la IEEPA cambia la correlación de fuerzas: Washington perdería la amenaza de un arancel global instantáneo como ficha, pero podría endurecer capítulos de remedios comerciales, reglas de origen o disciplinas industriales por la vía convencional.
Para México quizás sería conveniente lo siguiente: (a) blindar sectores con trazabilidad y contenido regional nítido; (b) acelerar pruebas de no-daño y cooperación aduanera para reducir fricciones; (c) preparar una agenda ofensiva —facilitación, servicios, nearshoring— que aproveche la disipación del “riesgo de decreto arancelario” como catalizador de inversión.
Una de las medidas más relevantes de la ‘era Trump’ enfrenta su prueba más dura.
Aun si parte de los aranceles sobrevive por otras vías, la era de los gravámenes “universales y relámpago” estaría cerca de su límite institucional, y podríamos llegar a la renegociación del T-MEC con menos amenazas aunque con mucho por negociar.