Aunque la Constitución de 1917 fue pionera en incluir los derechos laborales, más de un siglo después el mundo del empleo en México dista mucho del trabajo digno, la adecuada remuneración y un genuino sindicalismo.
En 2017 se publicó una reforma laboral para propiciar la libertad y la democracia en la vida sindical y se crearon, al fin, tribunales de justicia laboral. Más tarde, en el T-MEC de 2019, se incluyó un capítulo para evitar la simulación de contratos colectivos en empresas exportadoras.
Pero la reforma judicial de 2024 significa un retroceso que puede poner en riesgo, incluso, la nueva negociación del acuerdo comercial. Veamos.
El derecho de afiliación sindical y a la contratación colectiva se distorsionó a través de la existencia de los contratos de protección: un grupo finge ser la voz organizada de los trabajadores de una empresa —e incluso puede extorsionar con emplazamientos a huelga a los patrones— y se hace con la representación formal.
Los empresarios suelen aceptar dicha extorsión a cambio de paz sindical: el grupo espurio no dará problemas y los trabajadores reales se quedarán sin representación.
Así se confeccionaron por décadas miles y miles de contratos colectivos de trabajo en México. No se trata del charrismo sindical —esos eran sindicatos reales, aunque con dirigencias serviles a los patrones o al gobierno—, sino de los “sindicatos blancos”, meros inventos en el papel con el contubernio de las autoridades.
Con esas prácticas, el sindicalismo independiente en México fue minoritario, los derechos laborales vulnerados cada vez más y el marco jurídico ignorado. Cuando llegó la apertura económica, los contratos de protección se extendieron a las empresas exportadoras y a no pocas multinacionales.
Ese abuso resultaba funcional con la noción de que México debía competir en la economía global a partir de sus ventajas laborales, un eufemismo para mantener los bajos salarios y las precarias prestaciones, en vez de impulsar la productividad.
No deja de ser chocante que la reforma laboral en México que buscó poner fin a la simulación en las relaciones entre los factores de la producción viniera de presiones de Estados Unidos, de los poderosos sindicatos cercanos al Partido Demócrata, quienes combatían la destrucción de empleos en su país por la relocalización de plantas hacia México, donde se simulaba vida sindical para, así, vulnerar los derechos laborales.
Más tarde se sumó el proteccionismo de Trump, desde su primer gobierno, para firmar el T-MEC.
Luis Emilio Giménez Cacho escribió el mes pasado en el portal de Nexos una documentada y clara reconstrucción de la inclusión de los temas laborales en el T-MEC de 2019, así como de sus efectos.
El Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida en Instalaciones Específicas (MLRR) permite que se presenten denuncias en un país por violaciones en otro a los derechos de afiliación sindical y contratación colectiva.
De no ser atendidas y resueltas las quejas, la empresa denunciada puede perder su derecho de exportación. Entre 2021 y 2025 se han presentado 38 quejas contra México, casi todas resueltas en favor de los trabajadores demandantes.
Pero esa norma solo afecta a empresas que producen para el mercado externo, no así para las empresas cuya producción tiene destino nacional.
La reforma laboral de 2017 contempló la desaparición de las viejas juntas de conciliación y arbitraje, para ser sustituidas por tribunales independientes del gobierno, especializados en justicia laboral.
Se contempló también la creación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, que se cercioraría de que los sindicatos celebrasen con elecciones libres y que los contratos colectivos fuesen validados por los trabajadores.
Los nuevos juzgados laborales avanzaron con lentitud y no se habían terminado de integrar cuando la reforma judicial de 2024 vino a trastornar el modelo.
La semana pasada, la Junta Independiente de Expertos Laborales sobre México del Congreso de Estados Unidos se refirió al “fracaso generalizado del Gobierno mexicano en cumplir en pleno con sus compromisos bajo el T-MEC” y alertó sobre los efectos de la reforma judicial en curso.
La negligencia propia en materia laboral se ha convertido en un tema más de fricción en la delicada relación con Estados Unidos.
La simulación en el derecho laboral, con normas encomiables pero inaplicadas, explica parte de la desigualdad en esta precaria sociedad.