Carta desde Washington

Un efecto dominó en la Corte Suprema

La Corte se enfrenta hoy a una potencial crisis constitucional disfrazada de política comercial, pero si la historia reciente sirve de guía, la mayoría conservadora de los magistrados encontrarán alguna forma ingeniosa de esquivar su deber.

Tal y como apuntó el periodista, analista y ex operador político Demócrata Sydney Blumenthal, pareciera que Ronald Reagan, cual fantasma en la víspera de Halloween, salió a rondar y atormentar a Donald Trump. Y es que un anuncio televisivo del gobierno provincial de Ontario emitido durante el primer partido de la Serie Mundial de beisbol que incluía extractos de un mensaje radiofónico de Reagan en 1987, en el cual explicaba el autogol que implica para su país entrar en una guerra comercial, generó una reacción furibunda del presidente. Pareciera que Trump teme que las palabras de Reagan -quien siempre lo detestó- se tornasen en admonición a la Corte Suprema de Estados Unidos para que falle en su contra en el caso en el cual hoy se expondrán los argumentos centrales con respecto a la demanda presentada sobre la legalidad del uso de aranceles como un arma diplomática y comercial más.

El caso no solo es la enésima prueba de lealtad de una Corte Suprema conservadora con Trump; es un fallo (podría emitirlo en cualquier momento antes de que termine el año) que tendrá reverberaciones en todos los ámbitos: para el gangsterismo arancelario del mandatario y la relación comercial y la política exterior con México -y con decenas de países afectados por los aranceles; para la separación de poderes y los pesos y contrapesos de la democracia estadounidense; y para determinar si lo que veremos los próximos tres años -y quizá más que eso, por el efecto dominó que el eventual fallo podría detonar- es una presidencia imperial en EE.UU.

Y es que la Corte se enfrenta hoy a una potencial crisis constitucional disfrazada de política comercial, pero si la historia reciente sirve de guía, la mayoría conservadora de los magistrados encontrarán alguna forma ingeniosa de esquivar su deber. La instrumentalización de la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA, por sus siglas en inglés) por parte de Trump para imponer aranceles no es solo una política cuestionable, sino una descarada usurpación de la autoridad del Congreso. Seamos claros sobre el propósito de la IEEPA. Cuando el Congreso la aprobó en 1977 en las postrimerías de la revolución iraní que derrocó al Sha, los legisladores buscaban darle atribuciones al titular del Ejecutivo para congelar activos iraníes. El que hoy Trump califique los déficits comerciales con distintas naciones como una “amenaza inusual y extraordinaria” que requiere poderes de emergencia, o recurra a ella como arma diplomática o para darle la vuelta al Congreso, no es más que una manipulación constitucional. Hoy, esos aranceles de Trump bajo IEEPA abarcan, en términos generales, tres categorías: aranceles por fentanilo y migración aplicados a Canadá, México y China; aranceles recíprocos para corregir los desequilibrios entre EU y otros socios comerciales; y un arancel base universal del 10%.

El argumento de los demandantes -bufetes de abogados libertarios y fiscales generales de estados Demócratas- es sencillo: la IEEPA no permite la imposición de aranceles, solo de sanciones económicas o financieras. En ello, además, la Constitución es inequívoca; su Artículo I otorga al Congreso -no al presidente- la facultad de “establecer y recaudar impuestos, aranceles, contribuciones y gravámenes especiales” y de “regular el comercio con naciones extranjeras”. Y si el Congreso bien puede haber delegado facultades arancelarias en numerosas ocasiones mediante diversas leyes a lo largo del último siglo, incluyendo la Autoridad de Promoción Comercial (TPA, coloquialmente conocida como “fast track”, para la negociación de acuerdos comerciales internacionales), las Secciones 232 (aranceles de seguridad nacional/económica específicos), 301 (aranceles específicos para países por prácticas desleales) y 122 (aranceles a balanza de pagos), los litigantes argumentan que la IEEPA no es una de ellas. Además, si los déficits comerciales crónicos que han existido durante décadas constituyen emergencias nacionales que justifican recurrir a la IEEPA, entonces cualquier desafío económico se convierte en una emergencia. ¿Inflación? Emergencia. ¿Desempleo? Emergencia. ¿Volatilidad del mercado de valores? Emergencia. Bajo esa tesitura, la palabra pierde todo significado y el presidente se convierte en un dictador económico que opera bajo una autoridad permanente en situaciones de crisis.

Indudablemente, el Congreso también tiene parte de la culpa. Durante buen rato, legislaturas pusilánimes han renunciado a sus poderes constitucionales porque tomar decisiones difíciles conlleva riesgos políticos. ¿Para qué votar sobre aranceles controvertidos si se puede dejar que el presidente lo haga y luego apoyar o denunciar el resultado según la reacción de los votantes? Esto ha creado el monstruo al que nos enfrentamos ahora: un poder Ejecutivo que apenas se molesta en fingir que necesita la aprobación del Congreso para políticas económicas -y de otra índole, sea dicho de paso- trascendentales.

Desde un punto de vista puramente jurídico, el caso parecería apuntar a una clara victoria para los demandantes, dado el reciente énfasis de esta Corte Suprema en la doctrina de las “cuestiones fundamentales”, que exige una autorización legal expresa para los usos novedosos de la ley por parte del poder Ejecutivo. Sin embargo, hasta el momento, el tribunal se ha mostrado reacio a fallar en contra de la Administración Trump en asuntos clave. El problema es que si bien la mayoría conservadora de la Corte se deleita con disertaciones sobre el “textualismo” y “originalismo” de los redactores de la Constitución, cuando se trata de limitar al Ejecutivo de maneras que podrían resultar impopulares políticamente con el actual inquilino de la Casa Blanca o su base, sus principios se vuelven repentinamente flexibles. ¿Por qué? Porque anular los aranceles presidenciales requeriría una valentía que esta mayoría conservadora y cooptada en la Corte no posee. Significaría decirle a un presidente -que nombró a tres de ellos- que se ha extralimitado en sus funciones. Por ello, no sería improbable que el eventual fallo de la Corte, en un posible voto 6-3, se abstenga de frenar al presidente una vez más, escudándose en doctrinas de deferencia, cuestiones políticas o tecnicismos de legitimación procesal. Y para rematar, Trump amagó (no lo hará) con que podría asistir en persona a los alegatos orales de hoy, convirtiéndose así en el primer presidente en funciones en presenciar un caso ante la Corte; aparentemente, no le preocupa empañar la percepción de la objetividad o legitimidad del tribunal supremo.

Pero también hay otro escenario, uno en el cual la Corte podría estar más dispuesta a anular los aranceles bajo IEEPA debido a que la administración cuenta con otras vías legales para reemplazarlos, como las mencionadas Sección 232 y 301 y el pretexto conveniente que faculte a la mayoría conservadora señalar que no está afirmando que el presidente carece de autoridad arancelaria delegada sino simplemente que la IEEPA en sí misma no constituye una autoridad arancelaria delegada, permitiéndole así demostrar independencia ante la administración sin impactar las prioridades políticas MAGA con otros casos de alto perfil que probablemente lleguen a la Corte: casos sobre inmigración, el despliegue de tropas al interior del país o sobre facultades y poder del Ejecutivo. Claro está, esta decisión aún podría desencadenar una nueva ola de litigios sobre los reembolsos de los miles de millones de dólares en aranceles bajo IEEPA que los importadores ya han pagado, en un contexto en el cual la administración además ha indicado que defenderá a capa y espada su derecho a recurrir a la IEEPA en su política comercial.

Al final del día, es probable que la Corte capturada por la derecha conservadora emitirá un fallo limitado que no resolverá el tema de fondo y permitirá a futuros presidentes cocinar nuevas “emergencias” que justifiquen acciones unilaterales y potencialmente anticonstitucionales. Y el marco legal que diseñaron los llamados “Padres Fundadores” -con su cuidadosa separación de poderes y la supremacía legislativa sobre la política impositiva- se desvanecerá aún más, reemplazado por una presidencia imperial con una Corte Suprema que carece del valor para limitarla y constreñirla.

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