Directora del Think Tank Early Institute.

Privilegiar el derecho a la vida ante ideologías y activismo judicial

La anulación de la sentencia Roe ‘versus’ Wade es una corrección al gran error cometido durante 50 años que lesionó las facultades de los estados en materia de derechos humanos.

Con la corrección histórica por la que se anuló el fallo Roe versus Wade, en Estados Unidos, se abre la puerta para erradicar sentencias que atentan contra la vida y para entenderlo puntualicemos en varios temas. El primero es que la decisión de 1973 surgió de una falacia jurídica, que violentó el espíritu constitucional y creó un supuesto derecho al aborto derivado de una sobreinterpretación judicial. La afectación al sistema federal fue grave, ya que el dictamen anuló la facultad de los estados para legislar en la materia, en una clara extralimitación de poderes por parte de la Corte Suprema de Estados Unidos.

Para Francisco Vázquez Gómez, doctor en derecho por la Universidad Panamericana, el fallo emitido en la década de los años setenta respondió a un relativismo constitucional, lo cual es riesgoso en todos los sentidos: “El problema no es el contenido, el problema es cómo se intenta interpretar ese contenido. En la medida en que sigamos preguntándonos quién sí es persona y sujeta de derechos y quién no, en la historia de la humanidad se seguirán cometiendo aberraciones, como en el caso de la esclavitud”.

En ese sentido, la anulación de la sentencia Roe versus Wade es una corrección al gran error cometido durante 50 años que lesionó las facultades de los estados como los legisladores naturales en materia de derechos humanos, pero sobre todo canceló y perjudicó, de manera irreversible la vida de millones de personas.

En su momento, según el doctor en derecho de la Universidad Panamericana, Marcos del Rosario Rodríguez, “la Corte Suprema de los Estados Unidos tomó una decisión contextual, política e ideológicamente hablando, que tuvo que ver con las corrientes partidistas prevalecientes. Estamos en una época donde puede haber correcciones positivas, pero lo que debe existir son fundamentos que sostengan permanentemente un criterio”.

Así, hay que reconocer que la actual resolución de la Corte Suprema de Estados Unidos ejemplifica que el activismo judicial es reversible, lo que significa la necesidad de un debate profundo que garantice la protección de las garantías fundamentales sin intervencionismo e imposiciones de los tribunales constitucionales.

Hoy, el Tribunal supremo estadounidense concluye “que la Constitución no confiere el derecho al aborto” y que “la facultad de regular el aborto debe ser devuelta al pueblo y a sus representantes electos”.

En consecuencia, en nuestro país hay que motivar la corrección y dotar a los estados, en concreto a las legislaturas locales, el derecho soberano y constitucional de la protección del derecho a la vida, sustentado en la división de poderes y eliminando los dogmas jurisprudenciales. Para Marcos del Rosario Rodríguez, “ningún tribunal constitucional puede apoderarse o tener el monopolio no sólo de la interpretación y de los alcances sino de la definición de los derechos”. Es un hecho que, dado que los fallos no son eternos, ha llegado el momento de emprender una nueva era de derechos sin ideología.

En Early Institute reconocemos que la revocación del caso Roe versus Wade es un parteaguas histórico e irreversible de alcance global. Específicamente en nuestro país es la apertura a un escenario con nuevos principios, reglas y perspectivas que garanticen la protección a la vida desde la concepción en estricto apego al Estado de derecho y al sistema federal que nos distingue.

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