Con la aprobación de las reformas a la Ley de Amparo en la Cámara de Diputados, se determinó que el juicio de amparo es improcedente contra las determinaciones del Órgano de Administración Judicial y Tribunal de Disciplina Judicial (la Santa Inquisición de la 4T) y prohíbe el amparo contra reformas constitucionales, al tiempo que las sentencias en la materia no podrán tener efectos generales.
Con el agandalle del mayoriteo de Morena y rémoras (338 votos a favor y 126 en contra), se le dio carpetazo al único instrumento jurídico de que disponía la ciudadanía para defenderse de los atropellos e injusticias de que eventualmente eran objeto, porque ahora con la nueva Ley de Amparo se protege al grupo en el poder con una Suprema Corte de Justicia de la Nación plegada a los designios del presidente de la República.
Vale la pena recordar que el juicio de amparo se consolidó en los artículos 103 y 107 de la Constitución y su creador fue don Manuel Crescencio García Rejón, y fue considerada esta figura jurídica como uno de los pilares del sistema de impartición de justicia.
Si consideramos que el juicio de amparo es la acción judicial para solicitar a la justicia la protección urgente de un derecho o garantía, cuyo ejercicio le fuese desconocido o estuviese amenazado por una autoridad pública o por otra persona; y contrastamos este principio con lo que aprobaron los legisladores de la 4T, pues en verdad se trata del atropello criminal contra los derechos humanos de todos los mexicanos.
Entre las leyes de Supremacía Constitucional y las mismas modificaciones a la Ley de Amparo, estamos ante la creación de un régimen antidemocrático en donde el poder concentrado e indivisible del Ejecutivo federal está por encima de todo, incluso de la Carta Magna y por supuesto de los otros Poderes de la Unión y de la ciudadanía, que queda en pleno estado de indefensión con una reforma judicial que anula el ejercicio de los derechos fundamentales del hombre y elimina a los juzgadores imparciales, al tiempo que termina con la reconocida tradición jurídica mexicana de haber sido la pionera a nivel mundial en esta clase de figuras jurídicas para terminar con injusticias y abusos del poder público.
Con esta nueva cara autoritaria de la justicia se presenta la presidenta Claudia Sheinbaum ante los inversionistas y otros gobiernos, como el de Estados Unidos, para invitarlos a hacer negocios en México, cuando en realidad, si se le ocurre expropiar y cancelar derechos y permisos, solo basta su voluntad para hacerlo, porque no existirá un dique jurídico que defienda a los afectados ante el atropello.
Por supuesto, en la votación, en tiempos de la 4T, prevalecen dos bloques: el del oficialismo y la oposición, y en este último rescato apuntes de varios diputados por su valía y contenido.
Dijo Margarita Zavala Gómez del Campo, diputada del PAN, que se incumple una vez más con el deber constitucional de brindar en todo tiempo y a todas las personas la protección más amplia de los derechos humanos, pues la reforma elimina la seguridad política al suprimir la figura del juicio de amparo.
Agregó que se termina con la independencia y autonomía judicial, a través del sometimiento de las decisiones a los intereses electorales, porque lo que antes era un derecho de todas y todos ahora estará sujeto a la conveniencia política del momento y se hará menos universal el acceso a la justicia.
En tanto, el diputado Arturo Yañez Cuellar (PRI) mencionó que la reforma vulnera derechos y es un retroceso al Estado de derecho. Relató que cuando un mexicano promueve un juicio de amparo contra una reforma inconstitucional, si la Corte lo declara procedente, los efectos benefician a todas las personas; sin embargo, con la reforma, “quien tenga dinero promoverá amparo, pero los efectos solo beneficiarán a quien lo promovió”.
Comentó que con el dictamen se ahuyenta la inversión extranjera y da un mal mensaje a las calificadoras internacionales, porque la supremacía constitucional está incorrectamente enfocada y diseñada. “El único poder de defensa que tenía la ciudadanía era el juicio de amparo y ahora se anula al poner primero al poder que a la ciudadanía”.
Por Movimiento Ciudadano, el diputado Gustavo De Hoyos Walther mencionó que la reforma es profundamente anticonstitucional, ya que no hay una motivación que vaya acorde con el principio de los derechos humanos; este proceso es anticonstitucional y de destrucción del andamiaje del país.
Las reformas a la Ley de Amparo y a la Ley Reglamentaria, dijo, no pretenden consagrar la supremacía constitucional, pues su finalidad es despojar a la justicia constitucional de herramientas de derechos fundamentales, limitar los efectos de las sentencias de amparo y desconoce la complejidad de los derechos humanos.
El querer modificar la ley no es hacer justicia ni avanzar en la democracia.