Desde San Lázaro

Fracaso y farsa en la elección de juzgadores

Para aterrizar la genial idea que tuvieron los de la 4T en relación con la elección directa de juzgadores, se ha tenido que reinventar todo el entramado jurídico en materia electoral.

Cuando el nivel de abstencionismo será superior al 80 por ciento del padrón electoral y los candidatos a jueces, en la mayoría de los casos, son de dudosa reputación, amén de su inexperiencia judicial y de sus ‘lazos de interés’ con la 4T, lo que compromete su autonomía e independencia, pues sin duda estamos ante un gran fracaso que impacta en la procuración de justicia para los ciudadanos, al tiempo de sembrar dudas entre los inversionistas nacionales y extranjeros por la dudosa capacidad de los nuevos juzgadores.

La enorme complicación que tendrán los votantes el primero de junio, día de la elección, es de tal nivel que un ciudadano que no sea animado a votar por los partidos políticos o por los votos corporativos de los sindicatos, entre otras organizaciones, aunque esto esté prohibido, se le complicará tanto emitir su voto informado que, cuando cruce las boletas respectivas, no tendrá cabal idea de lo que hizo.

Además, el mismo INE ya reconoció que no tiene la capacidad presupuestal y de logística para colocar todas las casillas que se tuvieron en la elección del año pasado.

Para aterrizar la genial idea que tuvieron AMLO y su sucesora en relación con la elección directa de juzgadores, se ha tenido que reinventar todo el entramado jurídico en la materia, amén de haber creado mayorías calificadas artificiales en ambas cámaras legislativas federales, y todavía falta la aprobación de las leyes secundarias que le darán vida a este Frankenstein jurídico.

El nuevo escollo que se acaba de sortear para conformar las listas de aspirantes aprobadas por los tres poderes de la Unión tiene que ver con la intervención del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para evitar que la lista de candidatos del Poder Judicial se quedara en el camino, al existir medidas cautelares al respecto.

Así, se ordenó al Senado realizar una tómbola para seleccionar a los aspirantes finales que le correspondían al Comité de Evaluación del Poder Judicial y con ello continuar el arduo periplo de la elección de juzgadores.

El cumplimiento sustituto que ordenó el TEPJF generó múltiples interpretaciones que le ha metido más ruido al proceso electoral de los juzgadores.

Luego de que el Tribunal Electoral ordenó que el Senado asuma la tarea incompleta del Poder Judicial, renunciaron los cinco integrantes del Comité de Evaluación del PJ.

El pleito que traen los magistrados oficialistas contra la presidenta de la Corte, Norma Piña, llegó a otro momento álgido porque el viernes la ministra presidenta emitió una medida cautelar para evitar precisamente que el Tribunal Electoral interviniera como finalmente ocurrió.

Así que el Senado realizará este viernes la tómbola para perfilar la lista final de candidatos que le correspondía al Poder Judicial.

Desde luego, la oposición en la Cámara alta conformada por el PAN, MC y PRI se distanció del proceso de insaculación de candidatos del Comité de Evaluación del Poder Judicial, calificándolo como inconstitucional y una intromisión del Legislativo.

El TEPJF justifica su intervención mediante diversos argumentos que a la letra dicen:

En el proyecto del incidente de cumplimiento de sentencia del juicio de la ciudadanía 8/2025 y acumulados, la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso propuso estimar que resultaba procedente analizar, de manera oficiosa, la falta de cumplimiento a la sentencia principal, aunado a que el Senado de la República también está legitimado y cuenta con interés para promover la cuestión incidental.

En cuanto al fondo del asunto, se considera que el Comité de Evaluación incumplió con la sentencia en que se le ordenó continuar con el proceso.

Sin embargo, determinó no sancionar a sus integrantes, en razón de que la presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación le concedió una medida cautelar.

Ello no implicó la suspensión del proceso electoral, aunado a que se dejó a la Sala Superior plenitud de jurisdicción para juzgar los asuntos de su competencia.

Luego, a efecto de garantizar el cumplimiento del fallo y cumplir con la garantía de continuidad del proceso electoral, advirtiendo que no existe tiempo suficiente para realizar la valoración de idoneidad, propuso que la Mesa Directiva del Senado de la República continúe con la insaculación de las personas que cumplen con los requisitos de elegibilidad que fueron aprobados por el Comité de Evaluación, así como aquellas que ordenó se incluyeran en virtud de los juicios promovidos en su oportunidad.

Asimismo, señaló que las personas insaculadas se someterían al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y en caso de que no se aprobaran a más tardar el 4 de febrero, deberán enviarse al Instituto Nacional Electoral como candidaturas postuladas por el Poder Judicial de la Federación.

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