Punto de encuentro

La desprotección de la IA en México

Si bien la sentencia de la SCJN se apega a la literalidad de la ley, ignora los avances doctrinales y comparados que buscan adaptar el derecho de autor al nuevo paradigma creativo desde la IA.

Lo dicen las leyes y así lo confirmó hace unos días la Suprema Corte: la creatividad generada por Inteligencia Artificial (IA) no puede ser reconocida, ni protegida jurídica o patrimonialmente, en nuestro país. Esta resolución amerita diversos cuestionamientos frente a un contexto de uso creciente y sofisticado de múltiples plataformas que están siendo utilizadas, entre otros, para la creación de contenido que pretende ser explotado artística, intelectual y/o comercialmente.

El caso: una persona física, de nombre Gerald García, solicitó el registro de un “avatar virtual” generado por la plataforma Leonardo, a partir de insumos que el mismo Gerald suministró, como fotos y comandos o prompts específicos. Sin embargo, la autoridad administrativa negó, por un lado, que Leonardo pueda tener derechos sobre el avatar y, por el otro, que Gerald los pueda explotar patrimonialmente. Por ello, Gerald decidió irse a juicio hasta llegar a la Suprema Corte, la cual confirmó la negativa bajo el argumento de que la Ley Federal de Derechos de Autor solo protege obras que son producto de la creatividad humana. Esto es, los derechos de autor son derechos humanos que protegen procesos creativos u originales que no pueden ser reconocidos a entes no humanos o artificiales.

Si bien esta sentencia se apega a la literalidad de la ley, ignora los avances doctrinales y comparados que buscan adaptar el derecho de autor al nuevo paradigma creativo desde la IA. Con ello, el sistema jurídico mexicano abre un escenario de riesgo e incertidumbre patrimonial para quienes invierten tiempo, recursos y talento en desarrollar, entrenar y usar las diversas herramientas para fines artísticos, culturales o comerciales. Lo anterior me parece que es absurdo, puesto que deja fuera del juego a las herramientas digitales aceptadas y utilizadas a nivel global.

En un mundo donde los activos intangibles son cada vez más valiosos, esta decisión podría mermar fuertemente la competitividad del país. Sólo en América Latina, la economía creativa representa más del 2.2% del PIB regional (Benavente & Grazzi, 2017). Negar la posibilidad de explorar comercialmente estas creaciones puede frenar modelos de negocio emergentes, desincentivar la innovación y estancar el desarrollo del mercado creativo digital.

Existen alternativas, tal como lo hacen en otros países, por lo que resulta indispensable incluir en este análisis el marco regulatorio internacional, que es mucho más flexible que el nacional. En el Reino Unido, por ejemplo, se protegen los derechos patrimoniales, aunque no morales, sobre obras generadas por computadora (Neville & Potts, 2024). Una vía intermedia podría ser reconocer la titularidad patrimonial a quienes, como usuarios, aportan insumos significativos al proceso creativo, incluso si este es mediado por una IA. Al final del día, la idea creativa original sí es humana, por lo que solamente se necesitaría confirmar que el producto o resultado no viole derechos de autor previos sobre los insumos utilizados por la IA.

Es cierto que, como lo determina la sentencia de la Corte, los derechos de autor son derechos humanos cuya titularidad corresponde a las personas y no así a la IA. Sin embargo, no debemos olvidar que el derecho es una ficción al servicio de la sociedad y que debe evolucionar conforme se requiera. Ahora, el reto es entender cómo protegemos frente a la realidad creativa de la IA.

La SCJN optó por la seguridad doctrinal sobre la apertura interpretativa y la innovación jurídica. No obstante, me parece que el debate apenas comienza. A medida que la tecnología evoluciona, las preguntas que plantea este caso se volverán más frecuentes, más complejas y más urgentes. México debe decidir si quiere ser un país que limita la creatividad digital o que la regula con visión de futuro, bajo principios de certeza, equidad e innovación. Nuestro punto de encuentro pasa por aceptar esta realidad y adaptarnos de mejor forma a ella.

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