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TEPJF revoca acuerdo que reducía sueldos de consejeros del INE

Los magistrados consideraron que la Junta General Ejecutiva, si bien tiene atribuciones para ejercer el presupuesto asignado al INE, no tiene competencia para decretar la disminución de los salarios de los consejeros y otros funcionarios del organismo.

CIUDAD DE MÉXICO.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) le dio la razón al consejero electoral Benito Nacif y revocó los acuerdos emitidos por la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) por los que disminuyeron 10 por ciento los salarios de 32 funcionarios electorales.

Por unanimidad, los magistrados de la Sala Superior resolvieron que con los tres acuerdos de la Junta General Ejecutiva se dejan patentes violaciones directas a la Constitución.

Puntualizaron que dicha instancia del INE carece de competencia para emitir una determinación que, ente otros asuntos, instruyó la disminución salarial de los servidores públicos.

Los magistrados respaldaron el proyecto de resolución del recurso SUP-JE-16-2017, presentado por el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, que coincidió con el reclamo de Nacif.

El consejero electoral argumentó que con los acuerdos que emitió la Junta General Ejecutiva del INE por los cuales se realizaron cambios al tabulador de sueldos de la rama administrativa como parte de las medidas de austeridad, se violaron sus derechos y además se incurrió en un acto inconstitucional.

De manera particular, los integrantes de la Sala Superior dieron la razón a Nacif en lo relativo al primer agravio que planteó por violaciones al artículo 16 constitucional, que precisa que nadie puede ser molestado en su persona o familia, salvo por mandato emitido por una autoridad competente.

Desde febrero, el INE comenzó a aplicar la reducción salarial a los funcionarios electorales y el salario de Nacif quedó en 160 mil pesos mensuales, por lo que ahora se deberán restituir a 177 mil pesos mensuales.

Los acuerdos de la Junta General Ejecutiva que el TEPJF dejó sin efecto son INE/JGE/10/2017, INE/JGE/11/2017 e INE/JGE/12/2017.

Los magistrados enfatizaron que si bien dicha instancia tiene atribuciones para ejercer el presupuesto asignado al INE, no puede decretar la disminución de los salarios de los servidores públicos electorales.

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