Nacional

INE suspende spot del PVEM

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral determinó la suspensión inmediata del spot "Mas verde que nunca" en radio y televisión por parte del PVEM.

CIUDAD DE MÉXICO.- Por contravenir la normatividad electoral y afectar el principio de equidad en la contienda, el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) deberá suspender la difusión del spot denominado "Más Verde que nunca", en el que aparece el senador y vocero Carlos Puente y la conductora Andrea Legarreta.

En sesión extraordinaria urgente, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó la suspensión inmediata de promocionales en radio y televisión pautados por el partido, en un plazo de 24 horas, a partir de la notificación.

Los tres consejeros electorales integrantes de la Comisión también advirtieron al partido a abstenerse de emitir dentro de sus prerrogativas de acceso a la radio y la televisión el mismo contenido temático de frases de la campaña integral para posicionarse ante el electorado.

Entre ellas "Cumple lo que promete", "lo que propone lo cumple", "falta mucho por hacer", "propuesta cumplida", "leyes aprobadas", "cumplir", "cumplieron" y "las cumple".

Además, la Comisión acordó dar vista a la Cámara de la Industria de la Radio y la Televisión para que en el ámbito de sus atribuciones coadyuve al cumplimiento de estas las medidas cautelares, a efecto de que deje de transmitir los materiales denunciados.

Al cierre de la edición, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación estudiaban devolver a la Sala Regional Especializada un expediente con 16 recursos de revisión de los spots de los diputados y senadores del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) difundidos de septiembre a diciembre para que individualice la sanción.

El magistrado ponente Constancio Carrasco Daza señaló que los informes legislativos de los ecologistas no fueron genuinos ni auténticos y se constituyeron en propaganda del partido político.

Para que sea auténtico un informe de labores, estableció Carrasco debe tener elementos de la agenda legislativa o de las actividades relacionadas con la gestión y presentarse una vez al año, "y no de manera sucesiva, escalonada, continuada o subsecuente, o bien, designar a quien lo haga en nombre del grupo correspondiente".

Carrasco dijo que la difusión en medios de comunicación debe sujetarse a la temporalidad y contenido, por lo que los informes de labores "de ningún modo pueden tener o conllevar fines electorales, tampoco han de constituir una vía para destacar la persona del servidor público, ni eludir la prohibición de influir en la equidad de la competencia  entre los partidos políticos".

Es un abuso de derecho y fraude a la ley, dijo la magistrada Carmen Alanís.

También lee: