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Suprema Corte ampara a Lorenzo Córdova: Ordena a SEP reeditar libros de texto de primaria

El texto asegura que ‘el presidente del INE, Lorenzo Córdova, se mofa de los representantes de las naciones originarias’.

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El objetivo de la edición es que se suprima la mención que se hace de Córdova Vianello en los libros de sexto de primaria. (Cuartoscuro) (Crisanta Espinosa Aguilar)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó este miércoles a la Secretaría de Educación Pública (SEP) eliminar de los libros de texto gratuitos la frase donde se exhibe a Lorenzo Córdova Vianello, expresidente del Instituto Nacional Electoral (INE), como ejemplo de una persona violenta que ejerce discriminación.

La decisión fue tomada este miércoles por la Segunda Sala, en una votación 3 a 2, que se logró gracias al voto del ministro Jorge Mario Pardo, integrante de la Primera Sala, quien fue llamado para dirimir el empate que sobre el tema hubo en la sesión del 2 de julio pasado.

Quienes quedaron en minoría, al votar en contra de que se concediera el amparo al expresidente del INE, fueron las ministras Lenia Batres y Yazmín Esquivel.

“En contra de otorgar el amparo por protección del derecho al honor de esta persona y en favor del derecho a la información y de la educación contra la discriminación de las y los niños mexicanos”, dijo en la sesión del 2 de julio la ministra Batres.


¿Por qué Lorenzo Córdova promovió un amparo?

Este caso deriva del amparo que promovió Lorenzo Córdova por las citas que de su persona se hace en los libros de texto gratuitos “proyectos comunitarios”, primera edición 2023, de sexto grado de primaria, específicamente por el contenido de la página 246.

En dicho texto se asegura que “el presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova Vianello, se mofa de los representantes de las naciones originarias”.


Para el exfuncionario, exhibirlo como una persona violenta que discrimina, es inconstitucional, inconvencional, falso, injustificado, arbitrario, abusivo y doloso por parte de las autoridades, entre las cuales incluyó al expresidente Andrés Manuel López Obrador.

“Se afirma que el suscrito cometí discriminación y violencia en contra de representantes de las naciones originarias por supuestamente haberme mofado de ellos en el 2015, cuando fui Consejero Presidente del Instituto Nacional Electoral (INE). Lo anterior, en franca y clara contravención a mis derechos humanos”, dijo Córdova en su demanda de amparo.

¿Cómo reeditararán los libros de texto de primaria?

Estimó por ello que dicha frase debía retirarse de todos los libros oficiales de sexto grado, incluso de las plataformas digitales, ya que su visualización, acceso y consulta es gratuita, libre y permanente en la página oficial de la SEP.

Al conceder el amparo, las y los ministros determinaron que los efectos del mismo son que las autoridades responsables (Secretaría, Subsecretaría de Educación Pública Básica, titular de la Dirección General de Materiales Educativos, todas de la SEP y la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuito, realicen, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, lo siguiente:

“Se abstengan de continuar con la distribución del libro ´Proyectos Comunitarios´ de sexto grado de primaria para los ciclos escolares 2023-2024 y 2024-2025 y, en su caso, se suprima la mención que motivó la presente concesión en posteriores ediciones.

“Realicen las gestiones necesarias a fin de editar, en la versión digital, el libro “Proyectos Comunitarios” de sexto grado de primaria (página 246 del libro distribuido para el ciclo escolar 2023-2024 y página 236 del libro distribuido para el ciclo escolar 2024-2025)”.

El objetivo de la edición es que se suprima la mención que se hace de Córdova Vianello en la cita que dice: “2015 - En México, el presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova Vianello, se mofa de los representantes de las naciones originarias”.

La decisión se debe informar a las autoridades educativas de las entidades federativas para que tomen las medidas necesarias para evitar el uso de estas frases que, se consideró, violentan los derechos del exfuncionario.

“Esta Segunda Sala considera que los efectos de la concesión de amparo resultan adecuados para restituir al quejoso en el pleno goce de su derecho humano violentado”.

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