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Clases presenciales: Estos son lineamientos de la SEP para el regreso

El regreso a clases presenciales será de manera voluntaria, cauta, gradual y escalonada.

(Cuartoscuro)

La Secretaría de Educación Pública (SEP) anunció este viernes los lineamientos para los centros educativos que voluntariamente decidan iniciar clases presenciales y finalizar el ciclo escolar 2020-2021.

Estas medidas serán para los centros de educación básica y Normal, y de las de medio superior y superior que dependan de la SEP, así como escuelas particulares, señaló la SEP en un comunicado.

-Se realizará una valoración diagnóstica, se establecerá un periodo extraordinario de recuperación, y se generará un Plan de Atención en aquellos casos que resulte necesario.

-Padres y madres de familia o tutores, y educandos tratándose de mayores de edad, deberán anotar su nombre y firmar una carta responsiva y entregarla a las autoridades de la escuela del nivel que corresponda, en donde se indique que no presentan ningún síntoma relacionado con el virus SARS-CoV2.

-Se deben acatar las nueve intervenciones sanitarias que ya se han presentado:

1. Comités Participativos de Salud Escolar.

2. Acceso a agua y jabón.

3. Cuidado de maestras y maestros en grupos de riesgo.

4. Cubrebocas o pañuelo obligatorio.

5. Sana distancia.

6. Maximizar espacios abiertos.

7. Suspensión de cualquier tipo de ceremonias o reuniones.

8. Detección temprana.

9. Apoyo socioemocional

-En el caso de que los padres de familia decidan enviar a sus hijos a clases presenciales, las Consideraciones establecen que podrán tomarse de forma escalonada mediante el siguiente criterio:

¿Y para los alumnos que no regresen a clases presenciales?

Las y los alumnos que, por decisión de sus padres, madres de familia o tutores decidan renunciar al servicio presencial, serán incorporados a un programa de renivelación, a fin de valorar los conocimientos adquiridos, y posteriormente ser reintegrados al nivel o grado respectivo.

Para este proceso, deberán estar inscritos a una escuela, y manifestar por escrito que es su plena voluntad dejar de asistir a clases presenciales.

Para las instituciones de Educación Media Superior, que dependan de la SEP, a excepción del IPN, y aquellas con Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios otorgado por la dependencia, las autoridades escolares deberán revisar el grado de abandono escolar y reportarlo a la subsecretaría de Educación Media Superior.

Las instituciones que impartan educación media superior podrán aplicar diversas disposiciones que favorezcan la formación integral de los alumnos, como la renuncia a calificaciones de UAC o periodo escolar completo, acreditación de aprendizajes adquiridos de forma autodidacta o por experiencia laboral, entre otros, los cuales se podrán aplicar en los primeros seis meses del siguiente ciclo escolar, sin afectar el acceso, permanencia o egreso exitoso de los estudiantes.

La SEP indicó que en ningún caso se podrá utilizar los criterios de asistencia para la evaluación.

La secretaría indicó que se autoriza a un periodo de seis meses de exención para entregar el certificado de terminación de estudios del tipo básico, a los alumnos que estén transitando de 3° de secundaria a la educación media superior. En este periodo a su vez, podrán regularizar su condición académica si deben máximo 7 materias.

La Subsecretaría de Educación Superior dará a conocer los lineamientos sanitarios que emita la autoridad sanitaria para los planteles donde se imparta educación normal, los cuales serán definidos por los Comités Participativos de Salud Escolar.

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