Monterrey

Javier Torres Coppel: Dos propuestas fiscales para 2026 que pueden afectarte de forma directa

Estimado Lector, el Gobierno presentó un paquete de reformas para 2026 con fines recaudatorios tales como un incremento en impuestos incluidos en bebidas azucaradas, tabaco, apuestas, videojuegos, así como cambios arancelarios.

Aquí explico dos propuestas del Gobierno que tocarían el bolsillo de muchas personas: El aumento a la retención de ISR en inversiones, y la repatriación de capitales con una tasa preferencial.

La primera eleva la retención sobre los intereses generados en el sistema financiero de 0.50% a 0.90% a partir de 2026. Aunque se trata de un anticipo y no del impuesto definitivo, el cambio sí reduce el flujo que el ahorrador/inversionista recibe cada mes. Además, conviene recordar que las tasas de interés para el ahorrador/inversionista han venido bajando; en consecuencia, la combinación de menores rendimientos y mayor retención se traduce en un resultado neto más modesto.

A manera ilustrativa: con una tasa de interés de 7.75%, una inflación de 3.57% y una retención de 0.50% en 2025, el rendimiento real estimado ronda 3.68%; en cambio, si para 2026 se asume una tasa de 6.50%, una inflación de 3.00% y una retención de 0.90%, el rendimiento real estimado caería al 2.60%.

Esto significa que, si usted invierte en renta fija, recibirá menos rendimiento neto en 2026. Conviene revisar plazos, tasas fijas vs variables, así como revisar otro tipo de instrumentos de inversión.

La segunda propuesta es la repatriación de capitales con una tasa de 15% aplicable a los recursos mantenidos en el extranjero al 8 de septiembre de 2025. A primera vista, el incentivo es claro, pero su conveniencia depende del perfil del contribuyente. En el caso de las empresas, que pagan 30% sobre la utilidad y no sobre los ingresos, la repatriación puede resultar menos atractiva cuando existen deducciones relevantes.

Si una compañía repatria 100,000 pesos y paga 15%, desembolsa 15,000 pesos de impuesto bajo el régimen corporativo tradicional; si tiene 100,000 de ingresos y 60,000 de deducciones, la utilidad sería 40,000 y el ISR a 30% ascendería a 12,000 pesos. En ese supuesto, la repatriación no conviene.

Por el contrario, para personas físicas con una tasa de ISR de hasta 35%, la opción de un 15% podría ser competitiva, siempre que se cumplan estrictamente los requisitos. En todo caso, es indispensable subrayar que el SAT deberá emitir lineamientos sobre dichos requisitos, plazos, documentación, origen de fondos y donde invertirlos entre otros.

Le emito algunas recomendaciones: Simule rendimientos netos con retención de 0.90% y con distintos escenarios de inflación y cuide su flujo mensual; la mayor retención reduce el efectivo disponible.

Respecto a la repatriación: Haga números caso por caso para empresas y personas físicas y compare el 15% contra su impuesto “normal”; Desde la óptica de cumplimiento, reúna soporte de origen de recursos y prepare su documentación o “defense file” (estados de cuenta, contratos, etc.), y esté atento a las reglas que publique el SAT para la repatriación antes de tomar decisiones.

Para 2026, una retención más alta y tasas de interés menores presionarán los rendimientos de renta fija. Por lo que respecta para la repatriación al 15%, esta puede ser una vía útil para personas físicas, pero no siempre para empresas. La decisión correcta se toma con números en mano y verificando las reglas finales del SAT.

Recuerde que este contenido es informativo y no constituye asesoría fiscal personalizada.

¡Se va a poner bueno!

El autor es Titular de la Comisión de Controversia Fiscal del ICPNL.

Contacto: javier.torres@ctw.com.mx

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