Monterrey

Pedro Trejo: T-MEC, México ante el reto de mayor contenido y proveeduría regional

La próxima revisión del tratado traerá mayores exigencias de contenido regional, especialmente en el sector automotriz y de autopartes, así como otros sectores sensibles. México debe acelerar el desarrollo de proveeduría nacional y regional para no perder competitividad frente a otros bloques.

¿Qué son las Reglas de Origen?

Las reglas de origen (R.O.) para preferencias arancelarias se aplican dentro de esquemas de integración comercial entre dos o más países o bloques económicos.

Dicho trato preferencial puede derivar de tratados de libre comercio u otros mecanismos de integración, o bien establecerse de manera unilateral, como sucede con el Sistema Generalizado de Preferencias (SGP) en el marco de la Organización Mundial del Comercio (GATT/OMC).

Las R.O. determinan si un proceso productivo confiere a un bien la condición de “originario”, requisito indispensable para acceder a un trato arancelario preferencial.

Su finalidad es evitar que terceros países ajenos a un tratado se beneficien indebidamente de dichas ventajas, asegurando que solo los productos de las Partes contratantes obtengan los beneficios pactados.

De acuerdo con el artículo 2 de la Ley de Comercio Exterior, el origen de las mercancías puede definirse no solo para efectos de preferencias arancelarias, sino también para el marcado de país de origen, la aplicación de cuotas compensatorias, cupos y otras medidas de política comercial.

En este sentido, las R.O. trascienden el ámbito aduanero y constituyen también herramientas de política industrial y económica, orientadas a proteger y fortalecer las cadenas productivas nacionales, en particular aquellas vinculadas con las pequeñas y medianas empresas.

Criterios del TMEC

El artículo 4.2 del TMEC (USMCA) establece cuatro criterios generales para conferir origen:

  1. Mercancías totalmente obtenidas o producidas (artículo 4.3).
  2. Mercancías producidas con materiales no originarios, siempre que cumplan con lo previsto en el Anexo 4.2 de Reglas de Origen Específicas por Producto, mediante:
    1. cambio de clasificación arancelaria,
    2. valor de contenido regional (VCR), o
    3. una combinación de ambos.
  3. Mercancías elaboradas íntegramente en una o más de las Partes a partir de materiales originarios.
  4. Mercancías desensambladas y clasificadas junto con sus partes, conforme a la Regla General 2(a) del Sistema Armonizado de la Organización Mundial de Aduanas.

Con la entrada en vigor del TMEC, el 1 de julio de 2020, se fijaron parámetros más estrictos de contenido regional que su antecesor el TLCAN. Para el caso automotriz, por ejemplo:

  • un VCR del 75% bajo la metodología de Costo Neto (CN),
  • un Valor de Contenido Laboral de 40% para automóviles y 45% para camionetas,
  • compras de acero y aluminio de al menos 70% dentro de la región, y
  • clasificación de autopartes en tres categorías —esenciales, principales y complementarias— con VCR de 75%, 70% y 65%, respectivamente.

De igual manera, se establecieron reglas específicas para vehículos pesados y disposiciones sectoriales para químicos, televisores, manufacturas eléctricas, fibra óptica, vidrio, titanio y productos intensivos en acero.

Entre los métodos que confieren origen destacan el Costo Neto (50%) y el Valor de Transacción (60%). Ambos incluyen el valor agregado durante el proceso productivo, como componentes nacionales o regionales, salarios y compras regionales de acero y aluminio, particularmente en el sector automotriz.

La revisión del TMEC

México y Estados Unidos han iniciado conversaciones para la revisión del TMEC, proceso que en los hechos equivaldrá a una renegociación. Uno de los ejes centrales serán los capítulos de acceso a mercados, con énfasis en sectores sensibles: automotriz, autopartes, acero, aluminio, cobre, ciertos productos agrícolas —como el tomate— y la imposición de aranceles.

Es crucial que esta revisión se realice lo más pronto y mejor posible para México, a fin de otorgar certidumbre a inversionistas y consumidores. Lo previsible es que se impongan reglas de origen aún más estrictas, por parte de EUA, con índices de contenido regional superiores a los actuales. Ante este escenario, resulta estratégico que el sector privado y el gobierno mexicano impulsen el desarrollo de una proveeduría nacional y regional sólida, e incluso de sustitución de importaciones en América del Norte, y que definan mecanismos claros para acreditar origen en cada producto. Entre ellos destacan:

  • la acumulación regional,
  • el uso de materiales intermedios,
  • los métodos de primeras entradas y salidas, y
  • el desglose de materias primas sujetas a aranceles conforme a la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) o la Sección 232.

Conclusión

La renegociación del TMEC no será un mero ajuste técnico: implicará reglas de origen más estrictas y mayores índices de contenido regional. México necesita una visión de largo plazo que articule la acción del gobierno, las empresas y las cadenas productivas.

Solo con estrategias integrales será posible asegurar el acceso a los beneficios arancelarios del nuevo TMEC y preservar la competitividad de la región frente a otros bloques económicos; sin olvidar la diversificación de los mercados aprovechando los demás tratados comerciales que tiene México con otros países.

El autor es Socio Director de CS ENCOR.

Contacto: ptrejo@csencor.com

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