Un hombre fue detenido por la policía de la Ciudad de México tras ‘incendiar’ a otro por una discusión en la Colonia Morelos este jueves 17 de julio.
La Secretaria de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México mencionó que los hechos ocurrieron entre las calles Peralvillo y Estanquillo, en la alcaldía Cuauhtémoc, luego de una discusión entre ambos.
Videos de cámaras de vigilancia muestran como el agresor baja de una combi azul y alcanza al hombre para discutir en la banqueta, y luego de unos segundos, usa un desodorante con un encendedor para prenderle fuego a la víctima.
El ataque fue por la espalda, mientras la víctima se iba y dejaba atrás la discusión. En los videos se observa cómo intenta quitarse la camisa incendiada y minutos más tarde junto con las autoridades tras denunciar la agresión.
Aunque por el momento se desconocen las causas del ataque, se confirmó que sí hubo una riña entre ambos, y luego de que las autoridades fueran notificadas del ataque, encontraron al atacante dentro de la combi azul en la que se ocultaba.
Tras la revisión de policías de la SSC se encontró el desodorante en aerosol y el encendedor que habría usado contra la otra persona, por lo que el atacante, de 47 años de edad, fue remitido al Ministerio Público, donde se determinará su situación legal.
La víctima del ataque presenta heridas por quemaduras de primer y segundo grado en el cuello, espalda, brazo izquierdo y laceración frontal. Fue trasladado a un hospital para su revisión.
El Código Penal Federal considera a las quemaduras como un delito contra la vida y la integridad corporal. Las sanciones en caso de que una persona queme a otra son:
- De 3 a 8 meses de prisión más 50 días de multa si la quemadura no pone en peligro la vida de la víctima y tarda en sanar hasta 15 días.
- De 4 meses a 2 años de prisión y hasta 200 días de multa si la herida tarda más de 15 días en sanar.
- De 2 a 5 años de prisión más una multa de 300 pesos si la quemadura deja una marca en la cara de la víctima.
- De 3 a 5 años de prisión si la lesión perturba para siempre la vista, la capacidad de oír o si entorpece las extremidades o cualquier órgano, además de que afecte en las facultades mentales.
- De 5 a 8 años si la quemadura resulta en una enfermedad incurable o la inutilización o pérdida de ojos, extremidades o cualquier otro órgano y si cualquier función orgánica queda afectada para siempre.
- De 6 a 10 años de prisión si la quemadura resulta en incapacidad permanente para trabajar, enajenación mental, la pérdida de la vista o del habla o de las funciones sexuales.
- De 3 a 6 años de prisión si la lesión pone en riesgo la vida de la víctima.